La norma quedó lista para su promulgación y contempla capacitaciones, cámaras corporales y exención de responsabilidad penal en casos de legítima defensa reglamentaria.
Con 88 votos a favor y 6 en contra, el Congreso de la República aprobó el uso de pistolas eléctricas por parte del serenazgo municipal como medida para reforzar la seguridad ciudadana.
La autógrafa fue exonerada de segunda votación, por lo que quedó lista para ser enviada al Poder Ejecutivo y así continuar con su inmediata promulgación en los próximos días.
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La propuesta autoriza a los serenos a portar armas de electrochoque como herramientas de defensa no letal, fortaleciendo así sus funciones preventivas y de apoyo a la Policía Nacional del Perú.
Durante el segundo Pleno temático de seguridad ciudadana, se resaltó el consenso entre bancadas, reflejado en la votación, ante la creciente preocupación por la ola de criminalidad en el país.
La presidenta Dina Boluarte ya había expresado su respaldo a esta iniciativa durante una sesión del “Cuarto de Guerra” contra la delincuencia, donde incluso adelantó su promulgación.
La congresista Adriana Tudela, presidenta de la Comisión de Defensa, sostuvo que esta medida permitirá que los serenos actúen con mayor eficacia, protección y responsabilidad ante posibles amenazas.
Por su parte, la parlamentaria Ana Zegarra Saboya, titular de la Comisión de Descentralización, subrayó que el uso de estas armas requerirá capacitaciones rigurosas y entrenamiento especializado.
Las capacitaciones incluyen prácticas en simuladores, entrenamientos en campo y uso en polígonos de tiro, garantizando así un manejo profesional y proporcional de estas herramientas.
Además, el dictamen establece que el Ministerio del Interior evaluará la implementación de cámaras corporales activas para cada intervención, con el fin de prevenir abusos y asegurar transparencia.
A propuesta de la congresista Martha Moyano, se incluyó una disposición final que exime de responsabilidad penal a los serenos que utilicen estos medios bajo legítima defensa regulada.
Según el texto aprobado, si el personal causa daño en cumplimiento El Ejecutivo, junto al Ministerio del Interior, deberá adecuar el reglamento de la Ley del Serenazgo (Ley 31297) en un plazo máximo de 60 días calendario desde la entrada en vigor.