Pasos para entrar a padrón Fonavi 2024

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Fonavistas
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CONOCE LOS DOCUMENTOS QUE DEBES TENER A MANO PARA INSCRIBIRTE E INGRESAR A DEVOLUCIÓN

La comisión Ad Hoc Fonavi determinó continuar la devolución de los aportes a fines de enero sobre la base de un padrón de 71,400 que incluyen a los herederos fonavistas así como aquellos que salieron en los 19 grupos y no cobraron monto alguno, en buen grupo, personas con discapacidad o enfermedad terminal (ley 31928) para este pago parcial es necesario completar la documentación respectiva, nos referimos a la información supletoria, cuáles son los pasos a seguir por los beneficiarios con prioridad así como los herederos y su posterior evaluación.

¿Cómo se calcula el pago?

El monto que se devolverá a los beneficiarios del Fonavi, según el reglamento aprobado, “puede ser emitido de manera parcial (a cuenta) o total, […] y comprende el total actualizado de los aportes efectivamente recaudados de los trabajadores”.

De igual manera, la Comisión Ad Hoc ha considerado como base del cálculo de los montos “los aportes monetarios debidamente acreditados y actualizados, deduciendo los pagos a cuenta efectuados”.

Asimismo, el fonavista puede presentar documentación supletoria que acredite haber realizado aportaciones al fondo, como trabajador dependiente y/o independiente.

¿Qué pasa si no estoy en el padrón?

Las personas que no aparecieron en el padrón del Grupo 20 de pago deberán esperar al siguiente listado que será publicado en ENERO 2024.

La Comisión Ad Hoc ha informado que seguirá trabajando para que se incluya a los trabajadores que no efectuaron el cobro de su dinero a pesar de que estuvieron en las 19 listas.

Si deseas consultar tu estado de registro, a fin de que seas incluido en posteriores grupos de pago, en este enlace: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/index.jsp,

Beneficiarios con prioridad

De acuerdo con Luis Luzuriaga, representante de los fonavistas, la Comisión Ad Hoc atenderá de forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a quienes están registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a los que padecen de alguna enfermedad grave o terminal, sean titulares o deudos.

La devolución de aportes al Fonavi será al titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos, conforme al siguiente orden de prelación excluyente:

  • El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
  • Los hijos mayores de edad.
  • Los padres.
  • Los hermanos.

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Registro de historial laboral (Formulario 1)

• Para consultas relacionadas con el proceso de devolución de aportes y registro del Historial Laboral (Formulario 1), dirigirse a la página web https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/

• Para consultas relacionadas al estado del trámite de su devolución, dirigirse a https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/ e ingresar a “Estado de Registro”

• Si usted cumplió con registrar su Historial Laboral (Formulario 1) no debe volver a hacerlo. Tenga en cuenta que sólo se requerirá al Fonavista documentación supletoria o adicional, en caso ésta sea necesaria.

¿Cuándo y dónde presento información supletoria?

Solo en el caso en que la Secretaría Técnica solicite expresamente al Fonavista documentación supletoria (información para validar periodos no acreditados por otras fuentes) se presentará la documentación supletoria, y se le indicará dónde presentarla.

• Si usted todavía no ha registrado su Historia Laboral (Formulario 1), lo puede realizar a través de https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/ e ingresar a “Registro de Historia Laboral –F1”

Devolución de aportaciones

• Fecha de los nuevos grupos de pago: La Comisión Ad Hoc comunicará la aprobación de los siguientes grupos de pago de devolución de aportaciones al FONAVI.

Herederos

• Requisitos, Documentación y Trámite: El artículo 7° de la Ley 31173 derogó el Decreto Supremo N° 003-2020-EF, que establecía el procedimiento para el cobro de la devolución de aportaciones a favor de los herederos de Fonavistas beneficiarios fallecidos. La Comisión Ad Hoc dispondrá las acciones a seguir, las mismas que serán comunicadas por la Secretaría Técnica.

Rezagados

• Fecha de reinicio de pago a los rezagados de grupos de pago anteriores, reconsideraciones y/o pago a Herederos: El artículo 7° de la Ley 31173 dejó sin efecto jurídico los actos y las acciones realizadas desde el 01.01.2015, a su vez derogó el Decreto Supremo N° 003-2020-EF que establecía los procedimientos a seguir, para realizar el cobro de la devolución, rezagados, entre otros. La Comisión Ad Hoc dispondrá las acciones a seguir, las mismas que serán comunicadas por la Secretaría Técnica.

CERAD

• Emisión de CERAD con monto actualizado a devolver: La Comisión Ad Hoc comunicará la aprobación de los siguientes grupos de pago de devolución de aportaciones al FONAVI, así como la emisión de los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos.

Beneficiados con recursos del Fonavi.

• En proceso de evaluación.

La devolución de las aportaciones comprende a todos los trabajadores, dependientes e independientes que aportaron al FONAVI, con excepción de quienes se beneficiaron de sus recursos en un monto igual o mayor a su aporte, de conformidad con el literal a) del artículo 2° de la Ley N° 31173, modificada por la Ley N° 31454.

En caso no se encuentre de acuerdo con la información publicada, usted puede presentar una solicitud de verificación, comunicándose con nuestra PLATAFORMA ÚNICA DE ATENCIÓN VIRTUAL llamando al teléfono (01) 640-8655 o dirigirse al correo electrónico siguiente: beneficiado@stfonavi.gob.pe

Saneamiento de inmuebles bajo la administración de la comisión ad hoc

• Estado de trámites respecto al saneamiento de inmueble, que fueron iniciados antes de la emisión de la Ley 31173, La Ley 31173, modificada por la Ley 31454, dispone que la Comisión Ad Hoc debe establecer los requisitos para el saneamiento de propiedades. Dichos requisitos serán comunicados por la Secretaría Técnica. Para consultas adicionales vinculadas al saneamiento de inmuebles, puede dirigirse al correo electrónico siguiente: saneamiento@stfonavi.gob.pe

Deudas con el Fonavi

• Consulta sobre saldos deudores por conexiones domiciliarias Decreto de Urgencia Nº 074-2000, referidos a infraestructura de saneamiento o de electricidad, puede dirigirse al correo electrónico siguiente:

cobranzaprestatarios@stfonavi.gob.pe. Indicando el número de suministro o conexión que se registra en el recibo de consumos, sea de agua/desagüe o de energía eléctrica para el cual requiere su consulta.

• Consultas sobre deudas o saneamiento de inmuebles administrados por el Banco de Materiales en Liquidación o Fondo Revolvente: Para realizar consultas sobre trámites respecto al saneamiento de inmuebles por hipoteca y/o cobranza de saldos deudores, se deben dirigir al enlace sobre BANMAT liquidación: http://www.banmat.pe/readj.html

 


TEN A MANO ESTOS DOCUMENTOS PARA VER TUS APORTES

Los registros de las contribuciones se encuentran documentados en los libros de nóminas o en los recibos de sueldos y salarios. De igual modo, están las certificaciones emitidas por el empleador, que detallan las remuneraciones y las aportaciones mensuales al Fonavi.
Pero ¿qué pasa si no tengo estas evidencias? Para aquellos que aún no cuentan con pruebas o recibos que demuestren los descuentos que se le realizó por pertenecer al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), deberán seguir los siguientes pasos para ubicar los libros de nóminas.

  • Certificados de trabajo
  • Cuadro resumen de aportaciones (ONP)
  • Constancia de pago de remuneraciones y descuentos de ley
  • Resolución de cese (públicos)
  • Estado de cuenta, del año 1993 a 1998 (afiliados a la AFP)
  • Boletas de pago de remuneraciones
  • Certificados de retención de renta de 5ta categoría
  • También pueden presentar otro documento que permita ubicar los Libros de Planillas e identificar las aportaciones al Fonavi.

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