Los fonavistas esperan que se haga oficial la devolución de aportes del FONAVI
El desembolso del Fonavi se encuentra acercándose gradualmente, especialmente después de haber obtenido la aprobación en el Congreso de la República. Este respaldo financiero, por el cual muchas personas aún presentan perseverando, está más próximo que nunca. Por lo tanto, te informaremos acerca de los posibles beneficiarios de este reembolso y te proporcionaremos información adicional sobre este asunto relevante que concierne a una amplia audiencia.
El Poder Ejecutivo cuestionó la propuesta del Congreso que buscaba cambiar la Ley de Devolución de Aportes al Fonavi, con el propósito de autorizar un pago inicial que luego sería saldado en el futuro. Además, esta propuesta también buscaba otorgar el derecho de reembolso a los herederos de las personas que contribuyeron al Fonavi en caso de fallecimiento.
La propuesta, respaldada por la mayoría, tiene como objetivo brindar liquidez a los antiguos contribuyentes, lo que a su vez contribuiría a mejorar las circunstancias para el progreso de la población. En esta línea, el informe sugiere que la Comisión Ad Hoc, responsable de la devolución del Fonavi, está facultada para efectuar adelantos a través de un “certificado que reconoce el pago a cuenta”. Además, se especifica que esta aprobación no excluye la posibilidad de verificar en el futuro con otros métodos apropiados una suma mayor de contribución en cada cuenta individual.
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El Ejecutivo ha evaluado la posibilidad de examinar la propuesta debido a que la propuesta de ley plantea un adelanto de pago condicionado a calcular el importe completo para cada beneficiario del fondo de pensiones. No obstante, determinar dicho monto resultaría complicado. “La determinación del monto total a devolver al fonavista provocaría una demora aún mayor en lograr cumplir los objetivos de la Ley N° 29625, pues existen serias dificultades para la obtención de la información sobre las aportaciones monetarias efectivamente realizadas por los fonavistas a favor del Fonavi”, se lee en el documento del Ejecutivo.
Conforme informa el Diario El Peruano, se realizarán cambios en el artículo 4 de la Ley 29625, que trata sobre la devolución de fondos del FONAVI a los trabajadores que participaron en él. Esta modificación implica que los beneficiarios de esta devolución serán los trabajadores que aportaron al FONAVI, incluyendo a sus familiares herederos en caso de fallecimiento.
Además de lo mencionado anteriormente, se establecerá la necesidad de dar prioridad en la atención a personas de sesenta y cinco años o más, a aquellos inscritos en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), ya aquellos que padecen enfermedades graves o terminales, ya sean titulares o herederos.