Para fomentar el desarrollo económico y reducir las desigualdades en la infraestructura
El Poder Ejecutivo ha dado su aprobación al Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362, el cual establece las normativas para la Promoción de la Inversión Privada a través de Asociaciones Públicas Privadas (APP) y Proyectos en Activos. De esta manera se logró mediante el Decreto Supremo N° 195-2023-EF, que se difundió en el Boletín de Normas Legales del periódico oficial El Peruano.
El Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362 tiene como finalidad la regulación del marco institucional y los procedimientos que rigen la ejecución de proyectos de inversión en las modalidades de Asociación Pública Privada y Proyectos en Activos.
Este Decreto Legislativo se aplica a las entidades gubernamentales que forman parte del Sector Público No Financiero, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N°1276, que establece el Marco de Responsabilidad y Transparencia Fiscal para dicho sector.
La regulación establece que fomentar la inversión privada a través de colaboraciones entre el sector público y el privado, así como proyectos basados en activos, se considera un objetivo de importancia nacional. Esto se hace con el propósito de impulsar el crecimiento económico del país, reducir las deficiencias en infraestructura y servicios públicos, promover la creación de empleos productivos y mejorar la competitividad nacional.
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La función del Estado abarca supervisar y llevar a cabo medidas que promuevan la implementación puntual de los proyectos realizados conforme a las regulaciones establecidas por la ley.
El Decreto Legislativo N° 1362, que aborda la Promoción de la Inversión Privada a través de Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, se presenta en un solo texto consolidado que comprende 4 secciones principales, 65 cláusulas, 16 disposiciones complementarias al final, además de tres disposiciones complementarias temporales, una disposición modificatoria y una disposición derogatoria.
La regulación es divulgada en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en la Plataforma Digital Única para la Guía al Ciudadano ( www.gob.pe ) y en la plataforma digital del Ministerio de Economía y Finanzas ( www.gob.pe/ mef ). La normativa cuenta con la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra, y del ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras.