CONOCE EL PROTOCOLO QUE DEBE CUMPLIR PARA QUE NO VULNEREN TUS DERECHOS
El último miércoles el Congreso de la República del Perú aprobó en segunda votación la reforma del Código Procesal Penal a fin de otorgar a la Policía Nacional del Perú (PNP) nuevas facultades. Con 80 votos a favor, 6 en contra y 31 abstenciones, esta reforma supone devolver a la PNP su capacidad investigativa y agilizar los procesos penales, pero ello implica una reducción significativa de las competencias del Ministerio Público.
La medida se da pese a las serias advertencias realizadas por distintos especialistas y autoridades, como la Junta de Fiscales Supremos, encabezada por Juan Carlos Villena, quienes mencionaron que además de ser inconstitucional y comprometer la autonomía de la Fiscalía, la PNP no cuenta con los recursos logísticos y operativos adecuados ni con la capacitación suficiente para llevar a cabo las investigaciones preliminares de manera efectiva.
Villena explicó que el proyecto de ley contradice el inciso 4 del artículo 159 de la Constitución Política del Estado, que atribuye al Ministerio Público la conducción de la investigación del delito desde su inicio y establece la obligación de la Policía Nacional de cumplir con sus mandatos en el ámbito funcional.
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“Se evidencia que el propósito de esta norma inconstitucional es que todas las investigaciones sean de conocimiento y dirección del Poder Ejecutivo a través del Ministerio del Interior, del cual depende la Policía Nacional del Perú”, afirmó Villena.
¿Cuáles son las obligaciones de los efectivos policiales en la detención que efectúan en flagrancia?
Según el artículo 263 del Código Procesal Penal peruano, las obligaciones de la Policía Nacional del Perú en la detención que efectúan son las siguientes:
Informar al detenido del delito que se le atribuye:
La Policía que ha realizado la detención en flagrante delito o en los casos de arresto ciudadano está obligada a informar al detenido sobre el delito que se le imputa. Esto implica comunicar de manera clara y precisa los cargos o acusaciones que enfrenta el detenido.
Comunicar inmediatamente el hecho al Ministerio Público: Una vez efectuada la detención, la Policía debe informar de manera inmediata al Ministerio Público sobre el hecho ocurrido. Esta comunicación tiene como propósito iniciar el proceso de investigación y prosecución del caso por parte de la autoridad competente.
Advertir al detenido sobre sus derechos según el artículo 71 del Código Procesal Penal:
La Policía debe informar al detenido o arrestado sobre los derechos que le asisten de acuerdo con el artículo 71 del Código Procesal Penal peruano, que incluyen derechos tales como el derecho a guardar silencio, el derecho a la defensa legal, entre otros. Esta advertencia debe ser realizada en todos los casos de detención, independientemente de si se trata de una detención en flagrancia o en otros contextos. Además, de esta diligencia se levantará un acta que documente la comunicación de estos derechos al detenido.
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¿Cuál es el plazo de la detención policial?
Según el Artículo 264 del Código Procesal Penal, el plazo de la detención policial es de cuarenta y ocho (48) horas. Este plazo representa el máximo tiempo permitido para que la policía mantenga a una persona detenida sin una orden judicial. Durante este período, las investigaciones deben llevarse a cabo de manera rápida y eficiente para determinar la situación jurídica del detenido.
Es importante destacar que este plazo de cuarenta y ocho horas no es un límite rígido. Si las diligencias necesarias se completan antes de que transcurra este plazo, el fiscal correspondiente debe tomar una decisión sobre la situación jurídica del detenido, ya sea liberándolo, presentándolo ante un juez para su formalización, u otras medidas legales según corresponda al caso.
En resumen, el plazo de la detención policial es de cuarenta y ocho horas, pero si las diligencias se completan antes de este período, el fiscal debe actuar en consecuencia. Esto significa que el plazo de detención puede ser menor si las investigaciones se llevan a cabo de manera eficiente y rápida.
Derechos de una persona detenida
- Solicitar la identificación del miembro policial al ser detenido.
- Ser anotado en el registro de detenidos de forma inmediata.
- Que sus pertenencias sean registradas y devueltas en la misma forma.
- Ser informado por escrito sobre la causa o el motivo de su detención.
- Comunicarse con algún familiar o amistad.
- Entrevistarse inmediatamente a la detención con un representante del Ministerio Público o Consulado.
- A un abogado de su elección.
- A la prohibición de medios violentos en las declaraciones.
- Al reconocimiento médico.
- A la no autoinculpación.
- A la presunción de inocencia.
- A expresarse en su propio idioma y de ser necesario a un traductor.
- A ser puesto a disposición de la autoridad en el término de ley.
- A recibir abrigo y alimentación.
- A la no incomunicación, salvo casos previstos por ley.
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