SI UN AUTO TE DEJA HERIDO O CAUSA LA MUERTE DE UN FAMILIAR, TRAMITA ESTO DE INMEDIATO
El Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) es un seguro estricto sentido que repara el daño causado al asegurado y a los ocupantes de su vehículo e incluye a los peatones que pudieran verse afectados por un accidente de tránsito, a fin de procurarles la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y/o muerte. Empero, hay muchas personas que desconocen los requisitos para poder cobrar los costos de curación o sepelio si son víctimas de un hecho de tránsito en el que pudiesen quedar heridos o se registren fallecidos. Hoy, El Men te da las pautas a seguir.
¿Qué se debe hacer en caso de un accidente?
Conocida la ocurrencia del accidente de tránsito el propietario del vehículo, conductor, prestador del servicio de transporte terrestre o la Policía Nacional del Perú están obligados a comunicar a la compañía de seguros respectiva, la ocurrencia del accidente de tránsito, la que deberá actuar de inmediato haciéndose cargo de los gastos médicos o gastos de sepelio de la víctima.
Las víctimas serán conducidas a los centros de salud públicos o privados más cercanos al lugar de la ocurrencia del accidente. Se encuentra prohibido a los efectivos de la Policía Nacional y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cobrar suma alguna por el traslado de las víctimas. Los centros de salud públicos o privados atenderán obligatoriamente a las víctimas de accidente de tránsito, con cargo al SOAT, cuya contratación será acreditada con el Certificado del Seguro y/o Calcomanía adherida al vehículo
Es indispensable contar con la Copia de la Denuncia Policial, en la que conste la ocurrencia del accidente de tránsito. Este documento es otorgado por la dependencia de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción en la que ocurrió el accidente de tránsito.
El pago de la indemnización por lesiones se efectuará directamente a la víctima y, en caso de imposibilidad de ésta, a quien la represente, en base a la documentación sustentatoria que presente.
El pago de gastos médicos también podrá realizarse vía reembolso, directamente al centro o centros de salud privados que acrediten haber atendido a la víctima. El reembolso se efectuará de acuerdo a los comprobantes de pago que el centro de salud privado debidamente sustentados en la historia clínica y demás documentos que acrediten la efectiva atención del paciente.
En caso de los centros públicos de salud, el reembolso se efectuará con sujeción al tarifario vigente que, para dicho efecto, apruebe el Sector correspondiente.
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¿Cuáles son los requisitos para cobrar si ocurre una muerte?
- Copia de la Denuncia Policial en el que conste la ocurrencia del accidente de tránsito. Este documento es otorgado por la dependencia de la Policía de la jurisdicción en la que ocurrió el accidente.
- Certificado de defunción de la víctima, DNI del Familiar que invoca la condición de beneficiario del seguro y, que de ser el caso, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento o declaratoria de herederos u otros documentos que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro.
¿Quién recibe la indemnización por muerte?
Tendrán derecho a percibir la indemnización por muerte del ocupante o tercero no ocupante, las personas que a continuación se señalan, en el siguiente orden de precedencia:
- El cónyuge sobreviviente.
- Los hijos menores de 18 años, o mayores de 18 años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo.
- Los hijos mayores de 18 años.
- Los padres.
- Los hermanos menores de 18 años, o mayores de 18 años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo.
A falta de las personas indicadas precedentemente, la indemnización corresponderá al Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, una vez transcurrido el plazo de la prescripción liberatoria que indica la póliza de dicho seguro.
En caso que hubiera concurrencia de beneficiarios con el mismo derecho de precedencia para percibir la indemnización por muerte, ésta se pagará por partes iguales entre todos los beneficiarios concurrentes del mismo orden de precedencia.
¿Cuáles son los requisitos para pago de sepelio?
- Copia de la Denuncia Policial en el que conste la ocurrencia del accidente de tránsito. Este documento es otorgado por la dependencia de la Policía de la jurisdicción en la que ocurrió el accidente.
- Comprobantes de Pago con valor tributario y contable que acredite el valor o precio de los gastos en que se haya incurrido por el sepelio.
¿Requisitos para cobrar por Invalidez Permanente o Incapacidad Temporal?
- Copia de la Denuncia Policial en el que conste la ocurrencia del accidente de tránsito.
- Certificado médico expedido por el médico tratante en caso de discrepancia, dictamen o resolución administrativa del Instituto de Rehabilitación o laudo arbitral que decida o resuelva en definitiva sobre la naturaleza y/o grado de la invalidez y/o incapacidad expedido por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud u otro centro de solución de controversias especializado en salud autorizado oficialmente, al que se sometan las partes en conflicto.
- Comprobantes de Pago con valor tributario y contable que acredite el valor o precio de los gastos médicos en que se haya incurrido para el tratamiento de la víctima.
¿HASTA CUÁNTO PUEDES RECIBIR?
El SOAT cubre los siguientes riesgos por cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado:
- Muerte c/u Cuatro (4) UIT: 18400 soles
- Invalidez permanente c/u hasta Cuatro (4) UIT: 18400 soles
- Incapacidad temporal c/u hasta Una (1) UIT: 4600 soles
- Gastos Médicos c/u hasta Cinco (5) UIT: 23000 soles
- Gastos de sepelio c/u hasta Una (1) UIT: 4600 soles
(*) El valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) será el que corresponda a la del año en que ocurrió el Accidente de Tránsito.
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