Fonavi: ¿Puedo cobrar aportaciones de familiar fallecido?

0
1776
Fonavi: ¿Puedo cobrar aportaciones de familiar fallecido?
Fonavi: ¿Puedo cobrar aportaciones de familiar fallecido?

El 11 de noviembre, Dina Boluarte, oficializó la ley para la devolución de aportes parciales al Fonavi

La devolución del Fonavi en 2023 se acerca, con el inicio del pago de aportes parciales del Fondo Nacional de Vivienda programado para el 14 de diciembre, según lo establecido por la Comisión Ad Hoc. La presidenta de la República, Dina Boluarte, aprobó la Ley 29625 el 11 de noviembre, la cual establece la devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron. Esta norma permitirá devolver aportes parciales a fonavistas, a cambio de saldar posteriormente la deuda total.

Sin embargo, dado que el fondo se estableció en 1979, es posible que algunos afiliados hayan fallecido. ¿Pueden los familiares heredar y cobrar los aportes de los fonavistas fallecidos?

¿Puedo cobrar el Fonavi de un familiar fallecido?

La ley recientemente aprobada para la devolución de aportes del Fonavi reconoce expresamente el derecho de los herederos de trabajadores fallecidos que contribuyeron a este fondo. Según esta nueva norma, “La devolución de aportes al Fonavi será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos”.

Esta devolución sigue un orden de prioridad excluyente, lo que significa que establece una secuencia de quiénes pueden cobrar la deuda y, una vez que cobra el primero disponible, los demás no podrán acceder a ese pago.

El orden de prioridad es el siguiente:

1. Cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho.
2. Hijos menores o hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
3. Hijos mayores de edad.
4. Padres.
5. Hermanos.
6. En ausencia de las personas mencionadas anteriormente, la devolución corresponderá a quienes demuestren ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

La norma también establece cómo se procede en caso de que haya múltiples deudos con el mismo nivel de derecho de cobro. En tal situación, “el total de la devolución que le hubiera correspondido al fonavista titular fallecido es repartido entre ellos proporcionalmente y en partes iguales”.

Leer más:

Fonavi: ¿Dónde presentar el formulario 1 para acceder al cobro?

¿Cómo cobrar el Fonavi de un fallecido?

Los deudos de un fonavista pueden recibir los pagos parciales del fondo el 14 de diciembre, pero deben demostrar primero su condición de herederos.

Según la ley, los deudos deben presentar una solicitud junto con los documentos que la Comisión Ad Hoc especifique para acreditar esta condición. Incluso en el Formulario 1 del Fonavi, destinado para la inscripción al proceso de devolución, hay un apartado para los solicitantes que no son fonavistas, donde pueden indicar su parentesco con el titular.

Después de inscribirse, la secretaría técnica publicará en su página web la lista de solicitantes durante cuarenta y cinco días. Si hay más deudos, estos pueden oponerse y solicitar participar en la devolución, siguiendo el orden de prioridad. Una vez transcurrido este plazo, se procederá con la devolución a los deudos debidamente acreditados.

Sin embargo, existe un escenario especial cuando el monto a devolver supera las 4 UIT por cada cobro. En este caso, el deudo del fonavista fallecido (según el orden establecido) debe demostrar su vínculo a través de una sucesión intestada o testamento inscrito en Registros Públicos.

La calidad de heredero del fonavista será evaluada por el Banco de la Nación, que analizará la documentación presentada para acreditar este vínculo.