La entonces vicepresidenta señaló que los parlamentarios buscaban sacarla del Ejecutivo “sin mayores argumentos de orden jurídico o constitucional”
En contraste con la situación actual, el año pasado, la presidenta Dina Boluarte y el Congreso de la República no mantenían una relación armoniosa, y se producían fricciones entre ambas partes. Sin embargo, en la actualidad, esta relación parece haber mejorado, ya que tanto la presidenta como el Congreso desean mantenerse en sus respectivos cargos hasta julio de 2026.
Un reportaje publicado en el semanario “Hildebrandt en sus Trece” reveló que Dina Boluarte Zegarra enfrentó críticas contundentes por parte de la representación nacional en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Estas críticas surgieron a raíz de los intentos de inhabilitarla después de que se hiciera público un informe de la Contraloría General de la República en mayo de 2022.
Efectivamente, como se mencionó anteriormente, el órgano fiscalizador, la Contraloría General de la República, señaló que la entonces vicepresidenta había omitido en su declaración jurada el hecho de ser presidenta del Consejo Directivo del Club Departamental Apurímac al asumir el cargo de ministra de Desarrollo e Inclusión Social en el gobierno de Pedro Castillo. Esta omisión en su declaración jurada fue motivo de controversia y cuestionamientos por parte de la representación nacional.
“La fiscalizada (Boluarte) durante el periodo del ejercicio del cargo de ministra de Estado en el despacho de Desarrollo e Inclusión Social intervino en la gestión de la asociación privada Club Departamental Apurímac suscribiendo documentos de carácter público como presidenta del Consejo Directivo”, se lee en el documento.
En base a la omisión en su declaración jurada y a las acusaciones de la Contraloría General de la República, se determinó que Dina Boluarte Zegarra había infringido el artículo 126 de la Constitución del Perú. Este artículo establece que los ministros de Estado no pueden desempeñar ninguna otra función pública, excepto la legislativa. Tampoco pueden actuar como gestores de intereses propios o de terceros, ejercer actividades lucrativas ni intervenir en la dirección o gestión de empresas o asociaciones privadas. La omisión en la declaración jurada llevó a la controversia sobre si estaba cumpliendo adecuadamente con estas restricciones constitucionales.
En consecuencia, la congresista Norma Yarrow, representante de Avanza País, presentó una denuncia contra la presidenta Dina Boluarte ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, buscando que sea inhabilitada para ejercer funciones públicas durante 10 años. Esto generó que Dina Boluarte, con la asesoría legal de su entonces primer ministro, Alberto Otárola, acudiera a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para cuestionar las acciones del Congreso en su contra. Este episodio marcó un punto de fricción adicional en la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo en ese momento.
“Sin mayores argumentos de orden jurídico o constitucional, adelantan opinión. Y, además, solicitan a la Presidenta del Congreso que priorice el debate respecto de esta denuncia”, se lee en parte del escrito enviado por Boluarte al sistema interamericano.
Además, la jefa de Estado agregó que “el Congreso de la República es un órgano del Estado que tiene facultades para iniciar cualquier investigación e impulsar las denuncias constitucionales”, pero enfatizó que “esta facultad tiene límites que están precisados en la propia Constitución.
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