¿Cómo evitar un embargo?

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CONOCE EN QUÉ CASOS TE PUEDEN QUITAR TUS BIENES Y CÓMO IMPEDIRLO

El embargo es una medida de ejecución forzosa que busca paralizar los bienes del deudor y rematarlos para saldar una deuda pendiente con un acreedor. Los avales y fiadores conforme a Ley también garantizan individualmente el pago de la deuda si ésta no es cumplida por el deudor titular.

 

-Sólo puede recaer sobre bienes del deudor titular y avales registrados

No pueden ser embargados los bienes de terceros que no hayan participado en la operación para el desembolso de un crédito. Para los inmuebles registrados como prenda hipoteca u otro bien, su ejecución es inmediata.

-El embargo no es automático

Debe existir una demanda interpuesta contra el deudor ante el juzgado competente con un número de expediente judicial. Recordemos que la finalidad del acreedor respecto del embargo es solicitar posteriormente el remate público del bien.

 

TIPOS DE EMBARGOS MÁS COMUNES (PARA DEUDOR TITULAR, AVAL Y FIADOR)

El acreedor interpone cualquiera de estos recursos con la finalidad de garantizar el pago de la obligación.

Medida cautelar de embargo en forma de retención sobre cuentas bancarias, cajas municipales, cooperativas, financieras y otros. En el cual se congela el dinero que se dispone en el banco

Medida cautelar de embargo en forma de inscripción del bien en los Registros Públicos (posterior remate público). Es un embargo dirigido a bienes inmuebles y sirve para que se registre en la SUNARP que tiene un proceso de embargo.

Medida cautelar de embargo en forma de Secuestro y Captura de Vehículo (con intervención policial). Mediante este embargo se genera un orden de captura vehicular

Medida cautelar de embargo en forma de administración. Se designa a un interventor para que divida los ingresos del deudor y se pague la deuda.

 

¿QUÉ TIPO DE DEUDAS PUEDEN LLEVAR A EMBARGAR MI CASA?

No pagar deudas a tiempo siempre causará un serio problema, pero no necesariamente involucra a tus bienes. No todas las deudas pueden llevar al embargo, pues va depender del tipo de préstamo o crédito que hayas pedido; y sobre todo, las condiciones del contrato que hayas firmado. De ahí surge la importancia de leer las letras chicas de los términos y condiciones. Por lo general las deudas que pueden llevar a embargos son los préstamos hipotecarios, créditos vehiculares y todo aquello que se estipule en el contrato al momento del desembolso de un crédito.

 

¿NO PAGAR UN PRÉSTAMO PUEDE OCASIONAR UN EMBARGO?

No, en general los préstamos personales no implican bienes o garantías de por medio, salvo que en el contrato del préstamo se haya estipulado. En ocasiones, algunas entidades financieras sí involucran garantías cuando se desembolsan grandes sumas de dinero.

Como mencionamos anteriormente, si bien un préstamo personal no suele involucrar garantías o bienes de por medio, tu historial crediticio sí se verá afectado y podrías ser incluido en la lista de negra de Infocorp, donde se figuran todas las personas que no pagan sus deudas.

 

¿QUÉ PASA SI NO PAGO MI DEUDA DE UN PRÉSTAMO PERSONAL?

En el Perú no hay cárcel por no pagar deudas, (salvo por pensión alimentaria en la que el padre se niega a pagar) pero sí otras consecuencias que debes conocer:

  • Mala calificación en la central de riesgo.
  • Posibilidad de no conseguir trabajo, ya que algunas empresas consideran el historial crediticio del postulante.
  • Baja probabilidad de acceder a un nuevo crédito o préstamo.

Si tienes una deuda castigada en las centrales de riesgo, debes saber que luego de 5 años podría ser borrada de Infocorp, pero no dejará de aparecer ante los bancos, cajas o financieras.

Por eso, si tienes problemas para pagar un préstamo o necesitas otro préstamo para pagar deudas, la mejor solución es la COMPRA DE DEUDA. Este producto financiero te ayudará a mejorar las condiciones del préstamo adeudado y ya no tendrás que acudir a cada una de las entidades que debes. Pero ten cuidado, no siempre la primera opción será la mejor solución, busca distintas alternativas, pues siempre habrá una que te ofrecerá mejores condiciones que otra.

 

¿CÓMO PROCEDE SI ESTOY CASADO?

En casos de matrimonio se trata de una SOCIEDAD CONYUGAL, es decir, cuando uno firma un crédito bancario o un préstamo de dinero, por ejemplo, no se trata solo del esposo o la esposa, sino que se va en contra de la sociedad conyugal.

Los bienes que hayan juntado o conseguido en el tiempo de su matrimonio, es de ambos y si a uno lo embargan, en realidad estarían embargando a la sociedad conyugal. Muy distinto sería de los bienes que adquirió antes de estar casado. Esos son temas que no podría tocar el acreedor frente a una deuda de la sociedad conyugal.

Por ello, lo que es recomendable, en algunos casos, es hacer la separación de patrimonios, que se realiza a través de una escritura pública ante un notario y se inscribe en registros públicos.

 

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¿QUÉ PROPIEDADES NO SE PUEDEN EMBARGAR?

No se puede embargar el salario o la remuneración mensual, ya que es necesario dejar un tercio para la subsistencia de la persona, lo cual es un derecho constitucional.

Asimismo, los objetos personales menores que no representan un valor considerable, como la ropa y utensilios propios, no están sujetos a embargo.

Y es importante mencionar que una deuda no se le puede cobrar a los familiares, ascendientes o descendientes, a menos que sean garantes del crédito que se le ha otorgado a la persona principal.

¿Quién determina que se realice un embargo por deudas?

Solo lo determina el juez, nadie puede cobrar una deuda por la fuerza

Es fundamental asesorarse para defenderse

Si estás enfrentando un proceso de demanda por deudas pendientes, es de vital importancia buscar orientación de un experto y garantizar la presencia de un profesional legal que pueda acompañarlo en el proceso judicial. Esto con la finalidad de presentar recursos, nulidades, objeciones, etc. Recuerde, los plazos para defenderse de un proceso de ejecución de cobranza son cortos.

¿Fuiste demandado por deudas?

Si ha sido notificado legalmente debido a deudas pendientes y/o su caso se encuentra judicializado, es esencial tomar medidas para proteger tus intereses ya.

 

 


¿PUEDEN EMBARGAR MI CASA SI TENGO UNA DEUDA MENOR?

Por ejemplo si tengo un bien que vale 150.000 y mi deuda es de 30 000 si pueden embargar mi casa y mandarla a remate.

Si tengo un embargo por secuestro vehicular entonces durante todo el juicio el bien estará en el depósito.

Si tengo un embargo por retención entonces mi cuenta bancaria será retenida durante lo que dure el juicio.

¿CÓMO EVITAR EL EMBARGO DE CUENTA BANCARIA?

Para evitar el embargo de tu cuenta, es importante que te mantengas al día con el pago de tus cuotas fijas y amortices tus deudas en la fecha establecida, en caso de no lograrlo, puedes solicitar un aplazamiento en el pago para que puedas cumplir con tus obligaciones.

 

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