JNJ sancionó a Elvia Barrios por no informar sobre los contratos de su exesposo en el JNE. Sin embargo, Juzgado Constitucional determinó que se vulneraron sus derechos
La jueza supernumeraria Jacqueline Tarrillo Meneses, del Sexto Juzgado Constitucional de Lima, ha emitido una decisión en la que declara fundada la acción de amparo presentada por la jueza suprema y expresidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios. En su fallo, la jueza Tarrillo Meneses ordena a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) anular la sanción de suspensión de 60 días que se le había impuesto a Elvia Barrios por presuntamente no haber informado que su exesposo tenía un vínculo laboral con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) entre 2015 y 2018.
Es importante señalar que la jueza Tarrillo Meneses no es una jueza nombrada por la JNJ, y su fallo está relacionado con la vulneración del derecho a la defensa de Elvia Barrios debido a la variación de las imputaciones durante el proceso disciplinario. Inicialmente, se le imputó a Barrios no haber denunciado el empleo de su exesposo en el JNE, mientras que la sanción se basa en otro hecho, que es no haber informado sobre un presunto acto irregular.
Decisiones
La jueza Jacqueline Tarrillo Meneses ha llegado a la conclusión de que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) afectó el derecho de igualdad ante la ley de Elvia Barrios al aplicar sanciones diferenciadas en casos similares. Por ejemplo, menciona el caso del juez supremo Javier Arévalo, quien también enfrentaba una investigación por no haber informado sobre la contratación de sus hermanos en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Sin embargo, en el caso de Arévalo, se llegó a una absolución utilizando un criterio diferente al que se aplicó en el caso de la magistrada suprema Elvia Barrios.
“Hay falta de motivación interna en el razonamiento y la resolución adolece del estándar de una motivación cualificada. Entendiendo que la conducta atribuida es atípica, pues no solo se usa conceptos jurídicos indeterminados, sino que no hay parámetros objetivos de valoración sobre la conducta intachable que se dice infracciono la actora es claro que se afectaron derechos constitucionales de la actora”, dice la jueza supernumeraria Jacqueline Tarrillo.
De esta manera, la titular del Sexto Juzgado Constitucional de Lima indicó que se ha comprobado que la JNJ incurrió en “vulneración de los derechos constitucionales de la actora en sus diferentes vertientes”, por lo que corresponde estimar el recurso constitucional de Elvia Barrios.
“Declarar FUNDADA la demanda de amparo interpuesta ELVIA BARRIOS ALVARADO contra la JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA, por haberse acreditado la vulneración a la debida motivación, tipicidad, y prescripción. En consecuencia: SE ORDENA que la Junta Nacional de Justicia, declare NULA la Resolución N° 009- 2023-PLENO-JNJ de fecha 03 de febrero del 2023, con la que se declara responsabilidad disciplinaria contra la actora Elvia Barrios Alvarado, por falta disciplinaria muy grave prevista en el Art. 48° inciso 12 de la Ley de la Carrera Judicial e impone sanción de suspensión por el plazo de 60 días en su cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, así como la inscripción de la misma en el Registro de Sanciones contra los Servidores Civiles – RNSSC a cargo de SERVIR”, es la decisión.
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