ONP: conozca reglamento para la entrega de pensiones proporcionales

0
1034
Jubilados
Jubilados

Desde ahora, más 46 mil afiliados podrán acceder a las pensiones proporcionales, ya que cuentan con al menos 10 años de aportes reconocidos por la ONP.

Más de 46 mil afiliados pueden acceder a este beneficio con al menos 10 años de aportes

Con las disposiciones reglamentarias publicadas en el Decreto Supremo N° 282-2021-EF, los afiliados con 65 años de edad o más podrán solicitar una pensión de jubilación proporcional especial de por vida para el titular y acceder a la atención médica en EsSalud, además de pensiones de viudez, orfandad y ascendencia.

 

DETALLE DE LOS REQUISITOS:

  • Estos nuevos pensionistas recibirán automáticamente su Bonificación por Edad Avanzada (BEA) al cumplir los 80 años. La BEA equivale al veinticinco por ciento (25 %) de la pensión que percibe al alcanzar esta edad.
  • Las disposiciones reglamentarias flexibilizan los requisitos para que los afiliados varones puedan solicitar la pensión adelantada y que los pensionistas, si lo desean, puedan seguir laborando y recibir su pensión sin ninguna restricción.

DECRETA: EN BASE AL DS N° 282-2021-EF

Artículo 1. Objeto

El presente decreto supremo tiene por objeto adecuar el Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 354-2020-EF, a fin de modificar e incorporar nuevos artículos necesarios para implementar lo dispuesto en la Ley N° 31301, Ley que establece medidas de acceso a una pensión proporcional a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones; y otras disposiciones vinculadas al Sistema Nacional de Pensiones.

Leer también [Inicia rondas de diálogo con bancadas]

“SUBCAPÍTULO XVI: PENSIÓN DE JUBILACIÓN PROPORCIONAL ESPECIAL EN EL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES

Artículo 115 A. Requisitos del Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional Especial con el rango de 10 hasta menos de 15 años de aporte

Para el otorgamiento de la pensión de jubilación proporcional especial en el rango de 10 hasta menos de 15 años de aporte, deben tenerse en cuenta los siguientes requisitos:

  1. Requisitos de edad:Las/os afiliadas/os deben tener por lo menos sesenta y cinco (65) años de edad.
  2. Requisitos de aportes:Las/os afiliadas/os tienen que acreditar por lo menos ciento veinte (120) unidades de aporte, o su equivalente a diez (10) años de aportes y no lleguen a ciento ochenta (180) unidades de aporte, o su equivalente a quince (15) años de aportes.

Artículo 115 B. Monto de la pensión con el rango de 10 hasta menos de 15 años de aporte

El monto de la pensión de jubilación proporcional especial para las/os afiliadas/os que cumplan con acreditar por lo menos ciento veinte (120) unidades de aporte, o su equivalente a diez (10) años de aportes y no lleguen a ciento ochenta (180) unidades de aporte, o su equivalente a quince (15) años de aportes, es la suma fija mensual de S/ 250,00 (doscientos cincuenta y 00/100 soles), doce (12) veces al año.

Artículo 115 C. Requisitos del Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional Especial con el rango de 15 hasta menos de 20 años de aporte

Para el otorgamiento de la pensión de jubilación proporcional especial en el rango de 15 hasta menos de 20 años de aporte, deben tenerse en cuenta los siguientes requisitos:

  1. Requisitos de edad: Las/os afiliadas/os deben tener por lo menos sesenta y cinco (65) años de edad
  2. Requisitos de aportes:Las/os afiliadas/os tienen que acreditar por lo menos ciento ochenta (180) unidades de aporte, o su equivalente a quince (15) años de aportes y no lleguen a doscientos cuarenta (240) unidades de aporte, o su equivalente a veinte (20) años de aportes.

Artículo 115 D. Monto de la pensión con el rango de 15 hasta menos de 20 años de aporte