19990: Así solicitas pensión de viudez y la cobras mes a mes

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Durante el año 2026, las pen­siones por viudez, orfandad y ascendencia, bajo el régimen general administrado por la ONP, fueron incrementadas a S/ 400 mensuales. Este ajuste se aplica a los beneficiarios correspondientes, amplian­do el monto destinado a cada uno de ellos dentro del marco del Sistema Nacional de Pensiones.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) es una enti­dad pública descentralizada del Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, encargada de administrar el Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Su función principal es reconocer, calificar, liquidar y pagar los derechos pensionarios de acuerdo con la normativa vigente, además de proporcionar información y orientación a los asegura­dos sobre los requisitos para acceder a una pensión y otros beneficios.

 

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¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Los cónyuges o convivientes de una persona afiliada al Decreto Legislativo N.º 19990 tienen derecho a solicitar la pensión de viudez tras su fallecimiento. Para ello, deben demostrar su vínculo con el asegurado falle­cido. En el caso del cónyuge, el matrimonio debe haberse realizado al menos un año antes del deceso del afiliado y antes de que este haya alcanzado los 60 años de edad (en el caso de los hombres) o 50 años (para las mujeres).

(Nota completa en el diario impreso)

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