Multarán a hospitales o clínicas que no atiendan emergencias

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Superintendencia Nacional de Salud
Superintendencia Nacional de Salud

Los establecimientos de salud que nieguen o condicionen la atención de salud de una persona en situación de emergencia serán sancionados con una multa de 2 millones 100,000 soles (500 UIT), advirtió la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) del Ministerio de Salud (Minsa).

Recuerda a los hospitales y clínicas que, sin excepción, están obligados a brindar atención médico quirúrgica en casos de emergencia, tal como lo establece la Ley N° 27604, y que negarla es una infracción muy grave que puede llevar al cierre definitivo de la institución prestadora de servicios de salud (IPRESS). Frente a un paciente que ingresa por emergencia, el establecimiento no puede exigir o anteponer el pago o trámite alguno para brindar la atención, ni siquiera la presentación del DNI.