El Día de la Canción Criolla, Halloween y el Día de Todos los Santos se aproximan, y la ciudadanía se pregunta si las clases en los colegios se suspenden
A pocos días de la fecha del 31 de octubre y el 1 de noviembre, los peruanos están comenzando a considerar sus disfraces y, sobre todo, si deben asistir a clases o al trabajo. El año pasado, el Gobierno declaró el 31 de octubre como día no laborable, el cual se sumó al feriado del 1 de noviembre. Ante estas dudas, Infobae Perú ha revisado el cronograma del Ministerio de Educación.
Según la información publicada en el sitio web del Ministerio de Educación, el miércoles 1 de noviembre, cuando se celebra el Día de Todos los Santos, es un feriado nacional. Esto significa que se suspenderán las actividades tanto en el sector público como en el privado. En caso de que tu lugar de trabajo te requiera trabajar ese día, deben proporcionarte un descanso sustitutorio o, si no se te concede, se te deberá pagar el triple de tu remuneración correspondiente a ese día.
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No obstante, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 151-2022-PCM y el Decreto Legislativo N.° 713, el 31 de octubre no es considerado feriado ni día no laborable. Esto significa que los trabajadores solo tendrán un día libre el miércoles 1 de noviembre, mientras que el 31 de octubre las clases y el trabajo se desarrollarán con normalidad.
Feriados y días no laborables
La diferencia entre feriado y día no laborable no solo se refleja en el sector al que se aplica, sino también en el aspecto económico. El feriado es un día de descanso remunerado para todos los trabajadores y lo pueden compensar con otro día libre o el pago triple de ese día. En cambio, el día no laborable se aplica solo al sector público y es compensable. Esto significa que los empleados del sector público que se benefician de un día no laborable deben devolver las horas de trabajo no realizadas en los próximos diez días posteriores.
En el caso de los trabajadores del sector privado, también pueden optar por tomar el día no laborable, pero esto será voluntario y dependerá de sus empleadores, ya que tienen la facultad de aceptar o rechazar esta opción.

Sunafil y quejas
El incumplimiento de los pagos relacionados con los feriados y días no laborables se considera una infracción «muy grave». En caso de que se produzca un incumplimiento, debes presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). El costo de la multa variará según el tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
Para las microempresas, las multas oscilan entre S/1,058 y S/3,128. En el caso de las pequeñas empresas, las multas se ubican entre S/3,542 y S/35,190. Para las empresas no consideradas Mype, el monto de la multa estaría en el rango de S/12,098 a S/241,638.
Para denunciar un incumplimiento en el pago de feriados laborados, debes comunicarte con la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Puedes hacerlo a través del teléfono al 390-2780 o enviando un correo electrónico a consultas@sunafil.gob.pe. También tienes la opción de acercarte personalmente a cualquiera de sus sedes.
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