“Estamos apostando para que esta Navidad los fonavistas puedan cobrar”, mencionó el ministro Alex Contreras
¡Atención fonavista! Después de casi tres décadas de lucha, aquellos que formaron parte del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) podrán finalmente recibir sus contribuciones. Este fondo, establecido por el Decreto Ley N° 22591 el 30 de junio de 1979, tenía como objetivo financiar préstamos para aquellos que buscaban construir o comprar una propiedad.
Recordemos que los empleados asalariados contribuyeron de manera obligatoria desde enero de 1980 hasta julio de 1995, mientras que los trabajadores independientes lo hicieron de manera opcional desde julio de 1979 hasta julio de 1995, y posteriormente, de manera obligatoria hasta agosto de 1998.
A pesar de su noble propósito, en 1998 el fondo se convirtió en un impuesto extraordinario de solidaridad y, en 2004, fue derogado sin que se realizara la devolución del dinero. Cuatro años después, cuando se estableció una comisión para iniciar el proceso de devolución, se descubrió que alrededor de 10 mil millones de soles habían desaparecido.
Sin embargo, con la aprobación y promulgación de la ley, oficializada el pasado 11 de noviembre, se iniciará el proceso de devolución de las contribuciones. En anticipación a la temporada navideña, el Ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, anunció que los desembolsos comenzarán el próximo 14 de diciembre.
“Es una norma que desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) hemos apoyado, hemos estado impulsando en coordinación con la comisión (Ad Hoc Fonavi) evidentemente. Lo que va a permitir es un fast track para la devolución, una ruta rápida porque hay recursos, son más o menos 2,400 millones de soles que están en las cuentas del Fonavi y que no se podían atender básicamente por un tema operativo”, mencionó en entrevista con Radio Nacional.
En este contexto, se indicó que se dará prioridad a los ex fonavistas que tengan 60 años o más, a las personas registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a aquellos que enfrenten enfermedades graves o terminales, ya sean los titulares o sus herederos. Esta priorización seguirá un orden estricto que excluye a otros, y se establece de la siguiente manera:
- El cónyuge sobreviviente o miembro de la unión de hecho, hijos menores y aquellos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
- Hijos que sean mayores de edad.
- Padres de los contribuyentes.
- Hermanos.
- Otros familiares con un nivel de parentesco diferente a los mencionados anteriormente.
En caso no se tenga evidencia sobre los aportes, pero sí pruebas de que laboró durante el periodo de aportaciones, la Comisión Ad Hoc Liquidadora de los Aportes al Fonavi “está facultada para realizar el cálculo del aporte”, explicó.
¿Cómo saber si estoy registrado?
Si tienes dudas sobre si eres beneficiario, te instamos a verificar tu estatus en el Padrón Nacional ingresando los datos del fonavista. Asegúrate de tener a mano tu DNI, carnet de extranjería, libreta electoral, carnet de fuerzas policiales o carnet de las fuerzas armadas, ya que se requerirá el número de documento.
Es importante señalar que solo aquellos que se hayan registrado en el Padrón Nacional serán elegibles para recibir la devolución de sus contribuciones fonavistas. En caso de que no aparezcas en el registro, es probable que no hayas completado el proceso de inscripción.
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Para registrarte y recibir la devolución del Fonavi, sigue estos pasos:
- Accede a la página web del Fonavi y haz clic en “Regístrese en la Secretaría Técnica Fonavi (Sifonavi)”.
- Completa el Formulario N°1 con tus datos de identificación e historial laboral.
- Sube el formulario completado en la sección “Registro de Periodo Laboral – F1”.
El Formulario N°1 está disponible para su descarga en la sección “Descarga de formularios” en la página web. Ten en cuenta que este formulario tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que es importante leerlo detenidamente antes de completarlo.