Josué Gutiérrez buscaría controlar elección de miembros de JNJ

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Josué Gutiérrez buscaría controlar elección de miembros de JNJ
Josué Gutiérrez buscaría controlar elección de miembros de JNJ

El defensor del Pueblo plantea que la elección del secretario técnico de la comisión especial, que escoge a miembros de JNJ, sea por confianza y ya no en concurso público de méritos

En medio de los intentos de un sector del Congreso de la República para destituir a los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por supuestas faltas graves en el ejercicio de sus funciones, ya se están perfilando algunos cambios de cara al proceso de renovación de esta entidad, que debería llevarse a cabo en 2025.

El Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, está buscando modificar el criterio de nombramiento del secretario técnico de la comisión especial, cuya tarea es liderar el proceso de evaluación de los candidatos que deseen unirse a la JNJ. Esta modificación se pretende llevar a cabo a través de un proyecto de ley que ha presentado al Congreso de la República para fortalecer su institución.

Según el documento presentado el 20 de octubre pasado, Josué Gutiérrez Cóndor busca realizar una modificación en los términos del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). En concreto, su propuesta consiste en que el secretario técnico sea designado a su discreción, es decir, como un cargo de confianza.

Con esta propuesta, el titular de la Defensoría pretende eliminar el requisito de un concurso público de méritos. Este concurso garantizaría que la persona elegida como secretario técnico de la comisión especial de la JNJ posea altas cualidades académicas, profesionales y morales.

Si el Pleno le aprueba la iniciativa legislativa a Gutiérrez, entonces podría saltarse algunos de los requisitos preestablecidos que se requieren para candidatear a ser secretario técnico de la comisión especial de la JNJ. Estos son los siguientes:

  • Ser peruano de nacimiento.
  • Tener capacidad de ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
  • Poseer solvencia moral.
  • Tener conocimientos de gestión pública y no menos de diez (10) años de experiencia en función pública.
  • No haber sido condenado por la comisión de delito doloso.
  • No contar con sanción vigente e inscrita en ningún registro creado por ley que impida acceder al ejercicio de la función pública.
  • Estar titulado, colegiado y habilitado.
  • En caso de pertenencia a una organización política, contar con licencia al momento de su postulación al cargo.

Funciones del secretario

Conforme a la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el secretario técnico tiene el deber de planificar, organizar y llevar a cabo las actividades administrativas de la Comisión Especial mientras esta esté en funcionamiento. Además, debe convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la comisión, participar en dichas reuniones sin derecho a voto en las decisiones tomadas, ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos adoptados, y coordinar o elaborar estudios, documentos y trabajos técnicos necesarios.

Además de las responsabilidades mencionadas anteriormente, el secretario técnico de la Comisión Especial de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) también tiene la tarea de llevar las actas de las sesiones, enviar información de acceso público y comunicaciones a entidades externas, elaborar el proyecto de informe final de actividades, presentar recomendaciones, proponer la celebración de convenios con instituciones especializadas que puedan contribuir al desempeño de sus funciones, así como llevar a cabo otras actividades que se le asignen en el contexto de su cargo.

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