Alcanza la vivienda que siempre has anhelado mediante el Bono Techo Propio 2023
Durante agosto de 2023, el programa Techo Propio entregará el Bono Familiar Habitacional (BFH) con un valor de más de S/ 43 000, destinado a la compra de residencias. Este apoyo significativo es brindado por el Fondo Mivivienda, entidad vinculada al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
¿Cuántas personas solicitaron el Bono Techo Propio 2023?
Durante junio de este año, más de 3700 hogares consiguieron adquirir una vivienda gracias al subsidio habitacional mencionado.
En agosto de 2023, los peruanos tienen otra vez la ocasión de postularse y recibir el bono proporcionado por el programa Techo Propio.
¿Eres elegible para el Bono Techo Propio 2023? Conoce los criterios a tener en cuenta:
La cantidad del subsidio ofrecido por el programa Techo Propio varía según la opción a la que la familia elija postularse.
- Para COMPRAR su vivienda el Bono es de S/ 43,312.50
- Para CONSTRUIR su vivienda el Bono puede ser de S/ 29,700
- Para MEJORAR su vivienda el Bono es de S/ 11,385
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¿Qué requisitos se necesitan para ser acceder?
Si estás pensando en presentar una solicitud para el bono de Techo Propio en agosto de 2023, será necesario satisfacer ciertos criterios particulares, los cuales te detallamos a continuación, dependiendo de la opción a la que desees aplicar.
Adquisicion de Vivienda Nueva
- Presentar un ingreso familiar mensual que no exceda los S/ 3,715.
- Ser parte de un grupo familiar que sea responsable de al menos un miembro, como un hijo o hermano.
- No tener propiedad de vivienda o terreno en todo el país.
- Disponer de un ahorro mínimo equivalente al 0.3% del costo de la vivienda que se planea comprar.
Construcción en Sitio Propio
- Los grupos familiares necesitan disponer de un espacio de tierra o un espacio privado separado de deudas y cargas financieras, y el líder de la familia debe tener ingresos mensuales inferiores a S/2.076.
- Las familias deben contribuir a un fondo de ahorro a partir de S/113,85, equivalente al 0,023% de la UIT.
- El solicitante del Beneficio Familiar Habitacional debe ser el cuidador principal de al menos una persona hasta el segundo grado de parentesco.