¿Cómo puedo desalojar a un inquilino son contrato?

0
909
desalojar a un inquilino son contrato
desalojar a un inquilino son contrato

SI NO PAGA Y NO DESEA CONCILIAR, HAZ ESTO Y RECUPERA TU PROPIEDAD EN FORMA LEGAL

En primer lugar, debemos decir, que no existen inquilinos sin contrato, lo que existen son inquilinos sin contrato escrito, lo que es otra cosa. Ya que, el contrato no necesariamente tiene que estar plasmado en un documento para existir. En consecuencia, es perfectamente posible celebrar un contrato valido de manera oral y que éste sea válido para ambas partes.

Es necesario precisar que en los contratos verbales es muy difícil probar el plazo del contrato, por lo que en la mayoría de los casos son considerados como contratos de plazo indeterminado (sin plazo de vencimiento), por lo que para ponerle fin solo bastará que el arrendador se lo comunique al inquilino a través de una carta notarial al inquilino de conformidad con lo establecido en el Artículo 1703° del Código Civil.

Leer también:

Transacción extrajudicial es la solución para propietarios e inquilinos

¿Qué hacer si el inquilino persiste en el no pago del contrato de arrendamiento?
Si el inquilino persiste en el no pago, el propietario tendrá que anexar básicamente el contrato de arrendamiento y la carta notarial en la que haya solicitado el pago. En este caso, el propietario tiene que mostrar su contrato de arrendamiento para que el juez pueda acreditar que el plazo del contrato ya acabó.

¿Cuánto dura el desalojo de un inquilino? 

Una vez el inquilino sea notificado tendrá 6 días para contestar acreditando la vigencia del contrato o cancelando la deuda. Y en caso no conteste se emitirá una orden de desalojo a ejecutarse en 15 días hábiles.

¿Cuánto tiempo puede durar un proceso de desalojo en Perú? 

Los procesos de desalojo pueden durar entre 2 y 4 años, ya que, se tienen que pasar varias etapas, (interposición de la demanda, presentación de pruebas, conciliación, apelación, incluso hasta casación) convirtiendo, el sueño de obtener dinero sin emplear mucho tiempo en una verdadera pesadilla.

 

Le puede interesar [Funciones de IA innovadoras en Facebook e Instagram para negocios]

 

¿Qué debe contener mi demanda de desalojo? 

El propietario deberá interponer una demanda de desalojo cumpliendo con todos los requisitos señalados por la ley, es decir, invocando los hechos y derechos que sustentan su pretensión y realizando previamente una invitación conciliatoria al inquilino.

Es decir deberá señalar que:

  1. Que, es propietario o arrendador o administrador del bien ubicado en la Av “x”.
  2. Que “y” celebró un contrato de arrendamiento con la persona “z” y que por razones “r” esta declaración de voluntad no pudo manifestarse de manera escrita; hecho que en modo alguno le resta eficacia al acto jurídico celebrado.
  3. Que en dicho contrato, las partes determinaron que la renta se pagaría mensualmente con una merced conductiva de x nuevos soles.
  4. Que, en los casos de DESALOJO POR FALTA DE PAGO, la persona “z” no ha cumplido con su obligación de pagar la renta; habiéndose retrasado por 2 meses y quince días, y que por esta razón “y” le exigió el pago de la deuda vía CARTA NOTARIAL y que debido a que, a pesar de ello, la persona “z” no cumplió con el pago de la renta, queda resuelto el contrato, y que por lo tanto se pide que la persona “z” restituya el bien y que pague el monto equivalente a las rentas atrasadas.
  5. Que en los casos de DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO “y” remitió a “z” la carta notarial que pone n al contrato verbal sin plazo que mantenían, y que por lo tanto se le pide que devuelva el bien; sin embargo, no lo ha efectuado.
  6. Copia certificada del Acta de Conciliación Extrajudicial, con lo que se acredita que el demandante trato de solucionar extrajudicialmente el conflicto, pero el demandado no aceptó. Además de ello, el demandante deberá adjuntar lo medios probatorios que estime pertinentes (título de propiedad, actas de compromiso del inquilino, etc.) siendo, para el caso concreto, los más importantes, aquellos que acrediten la existencia del contrato (recibos de pago, declaración de parte, etc)

¿En qué tiempo debe dejar mi casa? 

Una vez realizado esto, el inquilino moroso tendrá un plazo máximo de 5 días para contestar la demanda, en la que deberá acreditar que ha cancelado la renta. Luego de ello, las partes involucradas deberán asistir a una audiencia única en la que se actuarán los medios probatorios y se realizarán los descargos correspondientes.

Sobre el papel se dice que esta audiencia deberá ser programada dentro de los 10 días siguientes de contestada la demanda, sin embargo, esto dista mucho de la realidad, ya que, la fijación de fecha de la audiencia depende directamente de la carga procesal que tenga el juzgado en el que se ha interpuesto la demanda.

Una vez realizada la audiencia, el juez deberá resolver el caso concreto emitiendo sentencia el mismo día. En caso de que la demanda haya sido declarada fundada, el vencedor podrá solicitar que se efectúe el lanzamiento a partir de 6 días de notificado el decreto que declara consentida la sentencia.

 

Leer también:

En registro de deudores inscribirían a inquilinos morosos