En registro de deudores inscribirían a inquilinos morosos

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Deudores morosos
Deudores morosos

Si tienes a un inquilino moroso que te debe hace meses, además de poder desalojarlo notarialmente en dos semanas, puedes inscribirlo en el Registro de Deudores para alertar de sus incumplimientos.

Los inquilinos morosos que hayan sido desalojados notarialmente podrían ser incluidos en el Registro de Deudores Morosos del Poder Judicial, según el proyecto de ley presentado por la congresista y ministra de la Mujer, Gloria Montenegro.

En abril de este año el Congreso aprobó la ley del desalojo notarial express Nº 30933, mediante el cual los inquilinos morosos, ya sea una vivienda, comercio, industria u otros, que deban como mínimo dos meses de renta, podrán ser desalojados en tan solo 15 días, a través de una carta notarial. La inscripción de estos inquilinos morosos en el Registro de Deudores Morosos se realizará de oficio o a solicitud de parte.

La iniciativa legal de Montenegro establece que el notario que efectúe el desalojo notarial deberá enviar una copia legalizada del acta no contenciosa al Registro de deudores judiciales morosos.

Asimismo, de oficio deberá remitirla copia legalizada del expediente al juez de paz letrado del distrito en el cual se ubica el bien arrendado.