Según el dictamen de la Comisión de Constitución, la Cámara de Diputados estará integrado por 130 representantes que tendrán un rol más político
El Pleno del Congreso de la República aprobó la posibilidad de reinstaurar la bicameralidad y permitir la reelección parlamentaria de manera indefinida, con un respaldo de 93 votos a favor, 28 en contra y una abstención. Al tratarse de una reforma constitucional, la propuesta recibió la primera votación ayer y ahora debe ser ratificada en la siguiente legislatura para entrar en vigencia, aplicándose en las elecciones generales del 2026.
Según el informe de la Comisión de Constitución, presidida por la legisladora fujimorista Martha Moyano, se propone que el Parlamento esté compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado. La primera mantendrá sus 130 integrantes, como en el actual modelo unicameral, mientras que el Senado estará conformado por 60 miembros. Ambas cámaras tendrán un mandato de cinco años, con la posibilidad de extender su periodo.
Para postular como diputado, se necesitan cumplir tres requisitos básicos: ser peruano de nacimiento, haber alcanzado los 25 años y tener el derecho al sufragio. En el caso de aspirar al cargo de senador, los requisitos son los mismos, pero con adiciones específicas. El candidato debe tener 45 años y contar con experiencia previa como congresista o diputado.

Es importante destacar que los candidatos a la presidencia y vicepresidencias también tienen la opción de postularse para formar parte de alguna de las dos cámaras.
“Los senadores y diputados representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. El mandato legislativo es irrenunciable”, se lee en el documento que recibió el respaldo de la representación nacional.
Los miembros de las cámaras alta y baja podrían enfrentar una suspensión de hasta 120 días en el desempeño de sus funciones en caso de cometer alguna infracción contra la ética parlamentaria.
Funciones
En caso de que la bicameralidad sea implementada, la Cámara de Diputados adquirirá un papel más destacado en el control político. Tendrá la capacidad de iniciar investigaciones sobre asuntos de interés público, así como la facultad de interpelar y censurar a los ministros de Estado. Además, se le otorgará la autoridad para aprobar o rechazar una cuestión de confianza presentada por el primer ministro.
En el escenario de dos rechazos consecutivos en esta etapa, el presidente de la República tiene la facultad de disolver el Congreso y convocar a elecciones para elegir a nuevos miembros. Este proceso electoral debe llevarse a cabo en un plazo de cuatro meses, y aquellos que sean elegidos ocuparán los cargos dejados por los diputados destituidos, completando así el periodo correspondiente.
“Si las elecciones no se efectúan dentro del plazo señalado, la Cámara de Diputados disuelta se reúne de pleno derecho, recobra sus facultades, y destituye el Consejo de Ministros. Ninguno de los miembros de éste puede ser nombrado nuevamente ministro durante el resto del periodo presidencial”, se menciona en el dictamen respaldado en la Comisión de Constitución.
No es posible disolver la Cámara de Diputados durante el último año de su mandato ni en situaciones de Estado de sitio, como invasión, guerra exterior o civil. En caso de tomar esta decisión fuera de estos dos escenarios mencionados, el Senado permanecerá en funciones.
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