Atención: así se ejecutará la devolución del Fonavi

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Fonavistas
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CONOCE TODO LO DISPUESTO POR COMISIÓN AD HOC PARA INCIAR PAGOS

Artículo 27. Del Fondo a devolver a los trabajadores

El Fondo a Devolver a los trabajadores está conformado por la totalidad de las contribuciones efectivamente recaudadas para el FONAVI de los trabajadores dependientes e independientes, actualizada con la tasa de interés legal efectiva, efectuadas con arreglo a los acápites a) y b) del artículo 2 del Decreto Ley No 22591 y sus modificatorias, informadas por las entidades oficiales del Estado a la Comisión Ad Hoc».

Fonavi - Tasa de actualización
Fonavi – Tasa de actualización

Artículo 28. Registro del Historial Laboral consignado en el Formulario N° 1

El registro del Historial Laboral declarado a la Comisión con el Formulario N° 1 tiene carácter de Declaración Jurada y se realiza mediante los canales implementados por la Secretaría Técnica.

La verificación del Historial Laboral declarado en el Formulario M 1, se realiza, mediante el cotejo con la información obtenida de las Fuentes Oficiales.

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Artículo 29. Requerimiento de información del Historial Laboral

29.1. Las entidades del Sector Público, incluyendo las empresas del Estado; así como las empresas e instituciones del Sector Privado que sean requeridas por la Comisión, para la remisión de información relativa a los trabajadores dependientes e independientes que contribuyeron al FONAVI, deben cumplir con entregar la misma, bajo responsabilidad, en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario contado a partir del respectivo requerimiento, utilizando el Formulario M 4 y mediante soporte magnético.

La información que se presente tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que su falsedad acarrea las responsabilidades de Ley.

 

Artículo 30. lnformación de empleador no ubicable

En caso el empleador no fuera ubicable en su domicilio fiscal o en ningún otro domicilio declarado, o se encuentre como inactivo en SUNAT, haya sido disuelto según información de la SUNARP o no haya entregado sus libros de planillas a la ONP, la verificación del Historial Laboral se realiza con documentos supletorios sustentatorios a solicitud del Fonavista.

La Secretaría Técnica queda autorizada para suscribir los convenios que resulten necesarios para la verificación de la información que se requiera a los Fonavistas.

 

Artículo 31. Construcción de la cuenta individual de Fonavistas

La Cuenta lndividual se construye en base a la información obtenida de los empleadores y/o Entidades Públicas o Privadas que tengan información relacionada a

los aportes al FONAVI realizados por sus trabajadores, entre julio de 1979 y agosto de 1998, y/o documentación supletoria presentada por el interesado.

33,1. El monto a devolver es el valor actualizado expresado en soles, a ser devuelto al Fonavista Beneficiario y consta en el correspondiente Certificado de

Reconocimiento de Aportes y Derechos – CERAD.

El CERAD podrá ser emitido de manera parcial (a cuenta) o total, según corresponda.

33.2. La devolución comprende el total actualizado de /os aportes efectivamente recaudados de los trabajadores, para lo cual, la actualización del valor de tales aportaciones se lleva a cabo aplicando la tasa de interés legal efectiva vigente desde el momento del aporte hasta el momento de su respectiva liquidación.

33.3. La Comisión considera como base de cálculo de la devolución individual, los aportes monetarios debidamente acreditados y actualizados, deduciendo los pagos a cuenta efectuados, de ser el caso.

Sin perjuicio de lo anterior, el Fonavista podrá presentar documentación supletoria que acredite haber realizado aportaciones al FONAVI, como trabajador dependiente y/o independiente.

33.4. En caso exlsta evidencia que el Fonavista laboró durante el periodo de aportaciones al FONAVI y no se cuente con información de sus aportes monetarias, la

Comisión Ad Hoc procederá al cálculo de su aporte, de la siguiente manera:

  • CA: Cálculo del aporte
  • Fondo a Devolver: Aporte recaudado por las contribuciones de los trabajadores al Fonavi, actualizado con la tasa de interés legal efectiva.
  • Ponderado del Tramo: porcentaje de aporte del tramo, respecto al promedio de periodos aportados por Fonavista del tramo respectivo.
  • Periodos Aportados Acreditados del Tramo: periodos aportados y acreditados del tramo evaluado.

En consecuencia, la determinación del Cálculo del Aporte, es el resultado de la multiplicación de la diferencia entre el Fondo a Devolver y el Monto de Reserva, por el Porcentaje Ponderado del Tramo, dividido entre los Periodos Aportados Acreditados por Tramo.

 

Cálculo de la devolución individual, a partir del cálculo del Aporte:

La devolución individual de los aportes es el resultado de la sumatoria de la multiplicación de cada Mes Aportado por el Cálculo del Aporte correspondiente. Si los períodos aportados se realizaron en forma discontinua, se sumará cada tramo.

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