Aprueban retiro de hasta 4 UIT de las AFP

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Buena noticia. La pandemia del coronavirus en el país, ha golpeado considerablemente la economía de gran parte de los peruanos. En esa línea, el pleno del Congreso a fin de aliviar esta situación, aprobó por insistencia el dictamen que autoriza en forma extraordinaria a los afiliados de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) el retiro facultativo de hasta S/17,600 soles (4 UIT) de sus aportes.

Se aprobó con 109 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones

Cabe precisar, que de acuerdo al dictamen, el retiro se solicitará en forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la ley.

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Este es el procedimiento para el retiro de fondos:

 

  1. Los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
  2. Se abonará hasta una 1 UIT (4 300 soles) cada 30 días calendario. El primer desembolso se realizará a los 30 días de presentada la solicitud ante la AFP, y a los 30 días siguientes el segundo desembolso. El resto de recursos será entregado en el tercer desembolso.
  3. Si el afiliado desea ya no retirar los fondos de su cuenta individual, podrá solicitarlo por única vez a la AFP 10 días antes del desembolso correspondiente.
  4. El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible y no podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención y otros, con excepción de las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
  5. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determinará el procedimiento operativo para el cumplimiento de la norma en un plazo no menor de 15 días, una vez publicada.