Aprende cómo recibir estos aumentos de ONP

0
1456
ONP
ONP

ACÓGETE A LEY DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA CON UNA DECLARACIÓN JURADA

Incremento por hijos, bono por edad, recálculo, Fonahpu entre otros sí son posibles

Por: Aleida Rodríguez

Miles de jubilados desconocen una serie de beneficios que pueden recibir para mejorar sus pensiones, ya sea por incremento por hijos, recálculo, bonos por edad y Fonahpu y no saben

Carlos Parra Morla
Carlos Parra Morla

cómo gestionarlo ante la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Para lograrlo, existe la Ley de Simplificación Administrativa que lo exime de presentar mayor documentación y que dicha entidad está obligada a aplicar para acortar los tiempos y beneficiar eficazmente al solicitante. Hoy, Carlos Parra Morla, destacado especialista en jubilación y estudios actuarios, te detalla en qué consiste este proceso.

 

 

-¿En cuánto ayuda al jubilado en sus trámites la Ley de Simplificación Administrativa?

Obviamente la Ley de Simplificación Administrativa es una forma de simplificar, significa que se aplica la presunción de veracidad. Uno, no necesitas presentar tanta documentación para poder acreditar un aporte un tiempo de servicio, se eliminan las exigencias y formalidades, la simplificación administrativa te hace eliminar esos pasos, esos procedimientos, ese tiempo que demora y después desconcentra el proceso y la decisión. Porque si a va a pasar al jefe de arriba y al subjefe, del subjefe al técnico, del técnico al auxiliar, del auxiliar al recepcionista y de ahí a la secretaria, se demora. Entonces lo que hace el proceso de simplificación administrativa es obviar eso, aplicar presunción: si yo presento una declaración jurada que ‘he laborado en tal empresa, en tal sitio con dirección, con nombre del gerente, hasta cuándo y cómo gané, cuál ha sido mi puesto, cual ha sido mi cargo’, con esa declaración jurada supletoria, puedo yo solicitar a la ONP que me califiquen ese tiempo de servicio.

-¿Y qué hace la ONP con eso?

La ONP está en la obligación de recibir y verificar, en el peor de los casos, que no tenga acreditación, es decir, que la ONP tampoco tenga registrado, entonces ahí hay un principio que es casualmente la presunción de veracidad: si la ONP me debe calificar, me puede dar un año, dos años, tres años hasta cuatro años, sin necesidad de poder presentar certificado porque puede haber habido terrorismo en ese periodo, en esa institución, puede haber habido un incendio, puede haber sido quebrado, puede haber infinidades de acontecimientos que hacen que esta presunción de veracidad que esta declaración jurada sea veraz, eso es simplificación administrativa.

¿Cuál es el promedio de tiempo que demora en responder lo solicitado?

El problema es que la ONP te recepciona caso por caso; significa, por ejemplo, yo quiero ver incremento de mi pensión, es un caso es un proceso. Otro, incremento de pensión por hijos, también es otro caso, otro proceso. Aumento de pensión lo mismo; en el caso de los bonos, también es otro caso; reintegro, en el caso de que me inscriba en el FONAPHU es otro caso; por edad, etc.

Lo que quiero decirles, es que eso es lo malo, el procedimiento que tiene la ONP es un procedimiento lento, antiguo, no usa la presunción de veracidad, la simplificación administrativa porque ellos debieran tomar todos los beneficios desde el recálculo de pensión y otros beneficios que otorga la ONP en un solo proceso. Lo que hace la ONP es dilatar el proceso con diferentes casos a diferentes tiempos; en promedio, tienen ellos un mes (30 días) para evaluar, imagínese yo solicito 5 o 6 casos, estaríamos hablando de medio año para que sea evaluado mi caso, entonces eso es lo que pasa en la ONP se demora mucho en la evaluación.

-¿Cómo debería ser el proceso?

Debería ser en forma directa, es decir, cómo yo llego a la oficina de la ONP y de un solo documento solicito todos mis beneficios y la ONP está en la obligación de evaluarme porque tiene la información. Sino, ellos no usan el principio de simplificación administrativa y eso es lo más importante lo que es la presunción de veracidad, significa que no necesariamente tengo que traer todos mis documentos a la oficina para que recién ellos comiencen.

Si ellos tienen los registros, tienen la información, tienen los aportes, lo que podría ser es que si no hubiese, presento una declaración jurada, lo que le estoy explicando, eso sería.

 

Leer también [AFP: No tendrán pensión mínima los que hagan retiros de fondos]

 

“JUBILADOS DESCONOCEN SUS BENEFICIOS” 

 

¿Cuáles son los trámites o beneficios que desconocen los jubilados de la ONP?

Mayormente desconocen lo que es el recálculo de pensión, ¿qué es el recálculo? Lo que pasa que como hay muchos jubilados que han pasado a la condición de jubilados hace 30, 20, 15 años, en ese periodo, en los períodos que ellos aportaron, a veces la ONP como lo han hecho manualmente, manualmente no es sistematizado, hasta se han equivocado. Imagínese entonces no le han consignado el 100% su tiempo de servicio y aportes en el periodo tomado que 6 meses antes, 5 años antes o 60 meses antes, entonces lo que debe hacer la ONP si un jubilado va y dice: “yo quisiera que me haga un recalculo” ¿qué significa?: “Quiero verificar si lo que ustedes han consignado como aporte y sueldo es verdad porque yo tengo acá mi boleta. Por ejemplo, dice 1000 y ustedes me han puesto 900 entonces, ¿cuál es veraz?. Lo que ustedes dicen o lo que tengo yo acá en mi boleta que dice que es 900 y he aportado el 13% y es el monto que debe figurar”.

-Pueden revisar su pensión de nuevo…

En pocas palabras, es una revisión exhaustiva de la liquidación para calcular su pensión, eso no lo hace la ONP ni te dice, entonces qué pasa, el jubilado tampoco, desconoce. Hay un fenómeno que pasan, los años, los años y cuando se dan cuenta, “oye hemos trabajado juntos, hemos trabajado juntos, tú ganas 800 y yo gano 600, ¿por qué? Si somos iguales, ¿por qué ganas más tú?”. Entonces ahí hay una distorsión, algo pasa o está mal, mal se ha hecho el recálculo o se ha calculado en algunas partes, yo he tenido expedientes que en la suma se han equivocado, entonces obviamente se llama recálculo de pensión.

Otros beneficios que mayormente desconoce es, el incremento de la pensión por ley, si hay leyes que hagan que, Incrementos por ejemplo, por casado o por hijos. Reintegro, reintegros que hay en diferentes años que hacen por razones de tiempo y desconocimiento el jubilado desconoce: el FONAPHU, por ejemplo, está congelado, correcto, pero eso no quiere decir que no exista el FONAPHU. La ONP te dice: “No, ya el FONAPHU no existe, ya no hay, no señor, está congelado”. “Entonces, inscríbeme cuando se descongele”.

Cuando el gobierno comience a aportar y otorgar ese beneficio, se le debe automáticamente dar, no necesitas presentar nada porque esos son beneficios que vienen en forma directa.

-¿Es sencillo tramitar todo eso?

La ONP tiene la costumbre que tú tienes que presentar una solicitud por internet  y es todo un problema, es todo un sistema que a un adulto mayor es difícil, el adulto mayor solicita el apoyo de sus hijos, de sus nietos, de sus sobrinos y ahí se viene el gran problema de la demora porque por el conocimiento del manejo de internet que es difícil, es un sistema que necesita conocimiento y lógicamente que a veces no lo hace.

Entonces pasan los años, pasan los meses, y ya el beneficio no lo recibe, entonces esa es la razón por la que la ONP tiene que mejorar su servicio, tiene que hacer, ahora reciben los documentos y no los reciben, sino solamente le sacan fotocopia y te devuelven el documento como si ya está procesado y no es así pues, porque el documento tiene que ser recepcionado.

Cuando tú mandas un documento a la ONP notarialmente, judicialmente o así simplemente por mesa de partes, la ONP lo que hace es copiar, te hace una fotocopia y pone el documento como si fuera entregado y no te pone un sello sino sencillamente te dice: “¿cuál es tu cuenta? ¿tiene usted una cuenta de internet?”. “No tengo, porque yo soy prejubilado”, es una realidad pues no conoce, no sabe, no tiene que traer una cuenta para contestarle ahí, significa que para eso sí hay simplificación, pero para darle información real de lo que el señor tiene ahí, no hay, ahí no le dicen nada en la ventanilla.

Entonces, les contestan a través de su correo o lo llaman por teléfono y por teléfono no es igual que la atención directa con el documento. En pocas palabras, es deficiente la atención que hace la ONP, es deficiente la forma dilatan el tiempo y eso genera que hayan tramitadores, que hayan personas que dándose cuenta de que a ese señor sí le toca un beneficio tiene que salir a la calle y buscar un tramitador que puede ser un abogado, está muy bien, lo que quiero decir, es que el procedimiento te lleva a usar eso.

 


Carlos Parra
Especialista en jubilación y estudios actuarios asesoresdejubilacionperu@gmail.com
Telf. 914602654. Jr. Ayacucho 830 dpto.3 Magdalena

 

Leer también:

Así solicitas pensión de viudez en régimen 19990