“Andrés Hurtado puede ir hasta 18 meses en prisión preventiva”

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Andrés Hurtado puede ir hasta 18 meses en prisión preventiva
Andrés Hurtado puede ir hasta 18 meses en prisión preventiva

PENALISTA ANDY CARRIÓN AFIRMA QUE DETENCIÓN PRELIMINAR SE ORDENÓ PORQUE SÍ HAY SUSTENTO

Por: Pablo Boggiano B.

  • Asegura que cada fiscalía es independiente y solicitar mayores medidas restrictivas. Condena llegaría a los 31 años de cárcel
Jurista y penalista Andy Carrión
Jurista y penalista Andy Carrión

Tras su detención en una clínica local, el conductor Andrés Hurtado tendrá que cumplir siete días de detención preliminar, pues, sobre él, pesan los supuestos delitos de lavado de activos, tráfico de influencias y cohecho activo por los que recibiría más de 30 años, según el reconocido jurista y penalista Andy Carrión.

En entrevista exclusiva con El Men, el letrado, además apuntó que en caso de aplicarse una eventual prisión preventiva para Hurtado, ésta podría llegar hasta los 18 meses, y que lo más probable es que en el proceso de lavado de activos también se incluya a sus hijas Josetty y Génesis.

 

-Fue detenido Andrés Hurtado a quien se le acusa por lavado de activos, tráfico de influencias y cohecho activo, y se ha establecido siete días de detención preliminar

A nivel de investigación preliminar que es la primera etapa donde nos encontramos, el caso está muy bien planteado. Pero tampoco es que en esta etapa se requieren muchas pruebas; es decir, para abrir una investigación- pero es que si ya el juez ha concedido no solamente, en un primer término, el impedimento de salida del país, sino además posteriormente una detención preliminar en su contra- significa que sí existe sustento en la imputación en cuanto al delito de cohecho, soborno y al delito de tráfico de influencias, sino el juez difícilmente hubiera aprobado una detención preliminar.

 

-No es relevante si pertenece al mundo del espectáculo, lo importante es si sus bienes coinciden con lo que ha declarado a la Sunat. Lo más probable es que en el proceso de lavado de activos también se incluya a sus hijas, ya que, si existen bienes puestos a nombre de familiares, éstos también pueden ser parte de la investigación.

Claro, en la investigación por el delito de lavado de activos lo que tiene que demostrarse es si existe una correlación entre los ingresos y los egresos. Aquí hago una puntualización adicional: si bien aquí no tiene nada que ver que sea una persona de la farándula ni mucho menos porque estamos hablando de temas penales, el estilo de vida que él ha venido llevando hasta el momento también tiene que ser justificado, no en el ámbito que él puede realizar todas las gestiones y presentaciones que él crea conveniente, sino me refiero a la justificación dineraria.

Recordemos que en el caso de Dina Boluarte, por ejemplo, la fiscalía le abrió una investigación por enriquecimiento ilícito únicamente por mostrar joyas, mostrar los Rolex y la fiscalía partió de que esas joyas que ella demostraba, debía de justificarlas, justificar sus orígenes, y lo mismo va a pasar con Andrés Hurtado. Más aún si se ha referido al delito de lavado de activos, todas las joyas que él mostraba, sus viajes, sus lujos, la fiscalía puede solicitar que también las justifique y eso sí tendría relación en rigor con el delito de lavado de activos.

 

CADA FISCALÍA PUEDE PEDIR DETENCIONES PRELIMINARES EN PARALELO”

 

-Cada investigación es independiente. Esto significa que el fiscal Alcides Chinchay puede haber pedido la detención preliminar, pero mañana también podría hacerlo la fiscal de lavado de activos y pasado mañana podría hacerlo la fiscalía común.

Eso también es cierto, cada fiscal es independiente; en el caso de Castillo, lo han demostrado. Para Pedro Castillo pidieron dos prisiones preventivas paralelas y de hecho se las han concedido a la fiscalía suprema, lo mismo podría pasar con Andrés Hurtado porque ya hay una medida de detención preliminar y podría la fiscalía de lavado de activos también solicitar paralelamente otro pedido similar.

 

-El caso es más grave al estar implicadas una fiscal y dos juezas, pero ante el pedido del fiscal supremo Alcides Chinchay, detención preliminar también contra Elizabeth Peralta, el juez Juan Carlos Checkley declaró infundada la medida de detención judicial…

Es un caso grave, en realidad están implicados funcionarios públicos, pero no hay que perder de vista que esta medida de detención preliminar no busca evaluar el fondo del asunto; es decir, no busca únicamente implicar a una persona o cuál es el grado de implicación o involucramiento que tiene con los hechos.

Lo que básicamente busca este tipo de medida es sujetar al investigado a la investigación, en el caso de Andrés Hurtado, lo que hizo la fiscalía es señalar que había un eventual peligro de fuga por su viajes al extranjero, su familia en el extranjero, el hecho de que ya no se encuentre laborando en el canal al cual pertenecía, etc. En cambio en la evaluación que realizó respecto a la fiscal, el juez determinó que ella se había sometido a las investigaciones, de que se había apersonado su abogado, que había entregado incluso sus dos pasaportes con lo cual no identificó un peligro de fuga. No se ha pronunciado, y eso hay que señalarlo, el juez supremo respecto al grado de involucramiento de la persona con los hechos, puede haber una evidencia abrumadora de su coordinación y participación en el tráfico de influencias con Andrés Hurtado, eso ya se verá en alguna otra instancia, en el transcurso de la investigación, lo que ahora ha decidido el juez es únicamente sujetar al investigado a la investigación.

 

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“JUEZAS PUEDEN SER DESTITUIDAS POR ANC”

 

– La Autoridad Nacional de Control (ANC) del Poder Judicial abrió el jueves proceso disciplinario y una investigación preliminar contra la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, María Delfina Vidal La Rosa, y la jueza anticorrupción Paola Valdivia, respectivamente.

Lo que ha hecho la ANC es tomar acciones respecto a la eventual infracción administrativa en la que habrían incurrido ambas juezas y esto era algo que ya se veía venir, más aún cuando se identificaron ciertas coordinaciones.

Recordemos que todavía no todas las personas aún están incluidas en una investigación formal pero lo que hace la Autoridad Nacional de Control es identificar si ha habido alguna infracción básicamente a la función que ejercen; es decir, a la función de jueces y lo que puede hacer la autoridad de control como lo han señalado en su comunicado, después de las indagaciones proponer incluso su destitución, se caía de maduro que algún momento les abrirán alguna indagación. Ojo, que es solo administrativa sancionatoria, puede conllevar, por ejemplo, a la suspensión del ejercicio del cargo momentáneamente o en la medida más grave a la destitución.

 

-Benji Espinoza, quien ejerce la defensa legal de la fiscal Elizabeth Peralta, indicó que su patrocinada no fue detenida preliminarmente, como sí sucedió con Andrés Hurtado, porque no ha mostrado «ningún atisbo de peligro procesal» y evalúa demandar a Ana Siucho. ¿Cómo se puede probar todo lo dicho por la señora Siucho?

Es la etapa en la que ahora nos encontramos, porque los fiscales en estas dos investigaciones que han abierto han tomado a rajatabla lo que ha mencionado Ana Siucho, todavía no han hecho una discriminación de que hechos son falsos, correctos o no y eso es lo que adelante sigue. Por ejemplo, algunos dicen que no hay 100 kilos de oro, sino que eran menos; han informaciones que de todas maneras se van a ir corroborando y de ser falsa la información que ha vertido Ana Siucho también corresponderá a la defensa denunciarla por el delito de falsedad.

 

-Hay maneras de probar esto, por ejemplo, el levantamiento de cuentas bancarias

Claro, hay formas de hacer el rastreo del dinero, es lo que precisamente hará ahora la fiscalía por el lavado de activos.

 

 

“PRISIÓN PREVENTIVA DE 18 MESES Y POSIBLE CONDENA DE 31 AÑOS”

 

-¿La fiscalía puede solicitar entre 9 a 36 meses de prisión preventiva para Andrés Hurtado?

No 36 meses, 36 meses no puede solicitar porque no se encuentra en investigación el delito de organización criminal, sólo cuando está en curso el delito de organización criminal se puede solicitar un plazo extenso como 36 meses, si no es ese el caso, máximo podría llegar hasta los 18 meses.

 

-¿Y la sanción penal?  

Las penas son especialmente altas, por los delitos de tráfico de influencias y de cohecho la pena es de hasta 8 años; delito de lavados de activo es 15 años, habría que ver si eventualmente se le suman las penas, 15 más 8= 23, y se le podría incorporar incluso 8 años más con los que haría 31 años.

 

-Se comenta en redes sociales que esto podría ser un distractivo por los problemas de Dina Boluarte, los incendios, el ‘cofre’ de Cerrón, la interpelación al ministro del interior Santivañez, etc. ¿Se desvía la atención con esta detención?

Es difícil hacer esa evaluación, muy complicado, porque estamos hablando de un periodista quien en rigor apuntaló estas investigaciones, no vino por parte de la policía o de la fiscalía o alguien cercano al Poder Ejecutivo. Al parecer, hubo ciertos enfrentamientos entre un periodista y un presentador de televisión y por ahí se empezó a jalar el hilo de la madeja y mira lo que tenemos.