¿NO SABÍAS? CONOCE CÓMO GESTIONAR BONIFICACIONES, ASIGNACIONES Y RECÁLCULOS
Por: Gino Zarate C.

Según la Ley de Simplificación Administrativa, un plazo de 15 días debería tomar la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para activar un expediente y hacer una reevaluación completa a solicitud del jubilado que desea gestionar beneficios pendientes por cobrar. En entrevista con “El Men”, el especialista en jubilación y estudios actuarios, Carlos Parra Morla, detalló cómo puedan recuperar derechos legales vigentes como recálculos, bonificaciones, reintegros, Fonahpu, etc, a través de lo que se denomina “activación de expediente” en dicho plazo, pero que en la mayoría de casos, dicha entidad lo resuelve entre 8 meses y un año.
-¿Qué beneficios el jubilado desconoce que hay a su favor y no gestiona?
Cuando alguien quiere jubilarse o cuando un jubilado va a la ONP, la ONP no le brinda la información real, total, clara. Ejemplo FONAPHU, cuando va una persona, le dice: “señor, ya no existe, no hay, ha sido eliminado”. No es verdad, el Fonaphu está congelado, no significa que no exista, la ONP a muchos de sus beneficios los da como caducados, excluidos, entonces el jubilado asume que no existe y ya no hace nada.
Lo otro: el procedimiento, vas a la ONP y no te brinda una información de todos tus beneficios, sino solamente uno, eso significa que para que tú tengas una evaluación de recálculo, beneficios, bonificaciones, asignaciones, intereses legales, todos los beneficios que hay: por hijo, por edad, etc., todos esos, la ONP no te brinda, solamente uno, y sobre uno te hace una evaluación muy somera, pero lo real es que debe ser de todos los conceptos, una evaluación integral.
La orientación que le brinda al jubilado, al afiliado, no es completa, no le dice todo lo que tiene que hacer, trata de eludir, no le gusta que le pidan todo lo que realmente le corresponde al jubilado.
-¿Qué tipo de beneficios, asignaciones o derechos el jubilado piensa que están caducados, pero están activos?
Comenzamos por el FONAPHU; el otro, recálculo de pensión, el recálculo, vuelvo a repetir, porque ellos creen que porque ya han terminado y emitido una resolución, y ya han pasado los años, de repente por ahí el jubilado encuentra un certificado o un documento que acredite haber trabajado más tiempo y que es un documento válido.
Cuando vas a la ONP, te dicen: ‘pero no, ya tiene usted su resolución, ya bien usted su documento para que quiere más’. Pero la ONP debe recibir, hacer automáticamente un recálculo, una revisión exhaustiva de todos sus aportes.
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“SOLO NECESITAS DNI Y TU RESOLUCIÓN Y ACTIVARLO”
-¿Y qué documentos tiene que revisar la ONP?
La ONP primero activa su expediente, todos los expedientes ahorita están en stand by, están archivados, cuando vas a la ONP lo primero que hacen es activar, lo sacan del archivo a revisarlo, eso es lo que tiene que hacer con todo el que vaya, deben hacer “activación de expediente” pero no lo hacen, por ejemplo, otro punto es cumplimiento de pensión.
-¿Para que activen mi expediente que tengo que presentar?
Tu DNI nomás, la ONP a veces te pide exageradamente documentos que no necesitas, te pide una serie de requisitos, te dice: ‘¿usted aportó? Tráigame usted sus boletas’ y le mete más papeleo, entonces el adulto mayor sufre, y se pregunta dónde conseguir papeles.
-¿Cuál es lo básico que debería tener a mano?
Su DNI y su resolución
-¿Resolución de qué?
De jubilación, si es usted jubilado, la resolución la da la ONP, debe tener siempre su resolución y su DNI y con eso acercarse: ‘aquí está mi resolución, quiero que me activen mi expediente, quiero que evalúen totalmente mi expediente’. Y aquí viene lo que habíamos presentado el documento solicitando todos los beneficios que es el incremento de pensión, por edad, beneficios por familia, reintegros, inscripción del Fonaphu, etc. La ONP debe hacer el proceso de calificación, pero aquí viene la respuesta: ‘¿qué es lo que quiere?’, ‘Quiero que me revisen todo mi expediente’, ‘¿qué cosa quiere?’, ‘Por edad’, ‘¿qué edad tiene?’, ‘Tengo 75 años’, ‘No, todavía no le toca, a los 80’, ‘señor, una bonificación que me han dicho que han dado un aumento y a mí no me han dado ¿por qué?’, ‘Por esto y por esto’.
La ONP tiene que hacer una evaluación exhaustiva, amplia, no lo hacen, sí tienen beneficios pero se arma: ‘No me han reconocido tal cosa’, ‘traiga sus certificados, traiga sus boletas, traga esto, traiga aquello’. Ese es el trámite, ese es el tiempo y es por eso que a veces los adultos mayores no hacen por el tiempo, por el trabajo, por las horas y todas esas cosas.
“LEY DE SIMPLIFICACIÓN AVALA AL JUBILADO”
–¿Y qué tiempo suele demorar una revisión de un expediente?
Debería demorar un mes, pero hay expedientes que demoran 8 meses, 9 meses, 1 año y eso que te mandan a tu correo electrónico pensando que el adulto mayor es un trome manejando internet, que tiene WhatsApp, que tiene redes y todos sus instrumentos, y no es así, ese es otro gran error de la ONP, los señores en muchos casos no saben manejar ni saben usar el WhatsApp a donde mandan una serie de informaciones.
-¿Cuál es el promedio ideal para que se revise un expediente?
A veces ni siquiera te contestan, tú tienes que ir y estar tras, tras, pidiendo que te revisen, 15 días dice la ley que debe demorarse la ONP, 15 días de apelación y 15 días de reconsideración en total 45 días, pero no se cumple. Pero para ellos sí, por ejemplo, si recibes una resolución y no contestas esa resolución, no la apelas o no la reconsideras, en 15 días hábiles ya te fregaste: ‘señor usted no tiene derecho porque ya pasó la fecha, el tiempo 15 días para contestar’. Ahí si aplican la ley, pero para ellos no, ellos aplican la ley, ahí sí, tajante.
¿Esa ley tiene un nombre?
Es la Ley de Proceso de Simplificación Administrativa y ahí te dice claramente que tienes 15 días cuando emite la ONP, pero la ONP se demora mucho más, nunca cumple los 15 días. Segundo, si no te contesta, ahora qué están aplicando, están simplificando y ni siquiera te lo mandan a tu domicilio, te lo mandan a tu correo, a tu mail, o te lo mandan a tu WhatsApp y si no tienes porque has cambiado de teléfono, perdiste, pasan los 15 días y no contestas. ‘Ya le mandamos a su correo señor, ya cumplimos’, ellos sí, y ni saben si lo has leído o te ha llegado esa información, antes lo mandaban a tu domicilio. ‘Ya lo mandamos al correo de su hija’, y la hija no revisa informaciones de la ONP y pasan los 15 días y ya perdiste el derecho a la apelación o a la reconsideración o a la impugnación de ese documento, eso es lo que pasa y ese es el gran problema de la ONP, no cumple eficientemente con el servicio y ellos están en la obligación de cumplir, de ser eficientes.
Especialista en jubilación y en estudios actuarios:
Jr. Ayacucho 830 Dpto.3 Magdalena
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