Venció plazo y gobierno tiene que pagar el Fonavi

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Fonavistas
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De acuerdo a la ley 29625 sobre la devolución de los aportes del FONAVI, ya se venció plazo para hacerlo efectivo, pues en el Artículo se precisa que “Se iniciará la devolución efectiva a través de las modalidades señaladas, de acuerdo al Cronograma de Actividades de Entrega durante un período de 8 años”.

Devolución tiene que hacerse de acuerdo a ley comenzando con los mayores de 60 años

El inicio debería ser declarado oficialmente por la Comisión Ad Hoc posterior a los 30 días de lo señalado en el artículo que precisa debe ser reglamentado, lo que ocurrió el 2012, pese a que la ley LEY APROBADA POR REFERENDUM y promulgada el 2010, establecía los 8 años  de plazo. Por ello, del 2012 a enero de 2020, se cumplen los 8 años y el gobierno está en la obligación de efectuar el pago completo de las aportaciones, de acuerdo al nuevo cálculo actualizado y los intereses correspondientes.

Hay que tener en  cuenta que el cálculo se hace hasta el mismo día en que se paga, por lo que los intereses siguen subiendo y el monto hasta ahora supera los 20 mil soles y en muchos casos puede alcanzar los 30 mil soles.

El artículo 3 de dicha ley establece claramente que “El valor total actualizado de los aportes y derechos a devolverse, será notificado y entregado a cada beneficiario a través de un documento denominado Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista”.

COMENZARA CON MAYORES DE 60 AÑOS

El Artículo 10 dicha ley precisa además que la Comisión Ad Hoc, iniciará las devoluciones priorizando, Fonavistas en edades mayores a los 60 años. Continuarán en orden de prelación los Fonavistas mayores de 50 a 60 años y en un tercer orden los menores a 50 años.

Y también se brindan diversas posibilidades en las devoluciones, las que pueden ser con Viviendas de Interés Social, Terrenos Urbanizados de Interés Social, Devoluciones en Efectivo,0 Devoluciones en Bonos, Devoluciones en Compensaciones Tributarias y Devoluciones en Pagos Compensatorios de Deudas.

FONAVI ES HEREDITARIO

Y quienes tengan padres que aportaron al FONAVI, también pueden cobrar, pues el artículo señala “La Devolución a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley será al Fonavista Titular o a su representante debidamente autorizado y en caso de fallecimiento será a sus deudos como establecen las normas de la seguridad social”.

Esta devolución con nuevo cálculo y los intereses ha sido reafirmado por el Tribunal Constitucional, pues el gobierno de Ollanta Humala pretendió burlarse de los fonavistas a través de un Decreto Supremo en año 2014.

Ese Decreto Supremo 016-2014-EF fue creado en base al presupuesto del 2014, por lo que fue revisado por el TC y, finalmente, declarado inconstitucional. El Gobierno hizo una ley general de presupuesto para el 2014 para ordenar el gasto público, pero los representantes de la Comisión Ad Hoc de ese momento utilizaron la Ley 30114 para distorsionar el procedimiento y tratar de confundir a la población diciéndole  que se les iba a dar S/ 10 por mes aportado. Ahora el cálculo es de unos 200 soles mensuales.

Ahora sí, hay que estar atentos a que se cumpla le Ley.