Sedapal recibe S/38 millones para distribuir agua en camiones

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Sedapal recibe S/38 millones para distribuir agua en camiones
Sedapal recibe S/38 millones para distribuir agua en camiones

Los fondos de transferencia financiera solo pueden ser empleados con el propósito para el que fueron aprobados

La transferencia de 38 millones 746,184.36 soles se destinará a financiar la distribución gratuita de agua potable, a través de camiones cisterna, a la población urbana sin acceso al servicio y en situación de pobreza y pobreza extrema en la jurisdicción de responsabilidad de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal).

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante la Resolución Ministerial 005-2024-Vivienda, establece los criterios de asignación de esta transferencia, basados en la priorización a nivel nacional y en áreas específicas, conforme a lo aprobado en la Resolución Ministerial 579-2023-Vivienda.

Esta resolución autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por un total de 38 millones 746,184.36 soles, provenientes de Recursos Ordinarios, a Sedapal, con el propósito mencionado anteriormente.

Se especifica que esta transferencia se realiza dentro del Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de su Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Detalles clave de la transferencia de fondos

Del mismo modo, se aclara que esta transferencia se efectúa utilizando los recursos de la Administración General, bajo la Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, específicamente bajo el Producto 3000001: Acciones Comunes, la Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, con la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, dentro de la Categoría de Gasto 5: Gastos Corrientes y la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias.

El artículo 3 establece que los fondos de esta transferencia no pueden ser utilizados para propósitos diferentes a los designados, siendo esta restricción de cumplimiento obligatorio.

La supervisión, seguimiento y logro de los objetivos físicos y financieros de esta transferencia corresponderá a la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según lo estipulado en el artículo 4.

Por último, el artículo 5 ordena la publicación de esta resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, además de su difusión en el Diario Oficial El Peruano, el mismo día de su publicación oficial.

Esta resolución está firmada por la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hania Pérez de Cuéllar Lubienska.

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