Retiro AFP: ¿Cuál es la nueva propuesta del retiro de fondos?

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Iniciativa busca el retiro de hasta 4 UIT y beneficiar a los 8,905,304 afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP)

A las 10 sugerencias para retirar los fondos personales de las AFP que fueron sometidas al Congreso de la República, se ha añadido una propuesta adicional. Esta nueva propuesta proviene del legislador José Luna Gálvez, perteneciente a la bancada Podemos Perú. ¿Cuál es la nueva propuesta del retiro de fondos? El planteamiento consiste en permitir el retiro de fondos de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo cual es equivalente a S/19,800.

Según lo establecido en el Proyecto de Ley N° 5761, un posible retiro de fondos se contempla como una medida para hacer frente al aumento en los costos de los productos esenciales que conforman la canasta básica familiar. Esto se plantea en un contexto de alta inflación y recesión económica, debido a la disminución del Producto Interno Bruto (PIB) durante dos trimestres consecutivos. Además, otra finalidad es brindar a los afiliados la libertad de elegir un nuevo producto de jubilación mediante un sistema de depósito a largo plazo.

Esta propuesta de ley, de manera extraordinaria, permite a todos los afiliados del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) llevar a cabo las siguientes acciones de manera alternativa:

  1. Retirar de manera facultativa hasta 4 UIT (S/16,800) del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
  2. Trasladar de manera facultativa el 100% de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) a cuentas previsionales dentro del sistema financiero. Este punto sería el aspecto diferencial frente a las otras propuestas presentadas por congresistas relacionadas con retiros de los fondos.

¿Cuál sería el procedimiento?

Los afiliados que elijan adherirse a la propuesta de retiro de fondos deberán proceder de acuerdo a los pasos que se detallan a continuación, una vez que la iniciativa sea aprobada en el Congreso y reciba la aprobación final por parte del Poder Ejecutivo:

  • Presentación de solicitud de forma remota, virtual o presencial y, por única vez, dentro de los 120 días calendario posteriores a la vigencia del procedimiento operativo que se emita para tal efecto.
  • Los abonos se efectúan hasta por el monto de 1 UIT (S/4.950) cada 45 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la Administradora Privada de Fondos de Pensiones a la que pertenezca el afiliado.
  • En el caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a su AFP, 10 días antes del desembolso.

Transferencia total de los fondos a cuentas en el sistema financiero

El afiliado a la AFP tiene la opción de requerir la transferencia completa del monto acumulado en su cuenta individual de capitalización hacia cuentas de previsión proporcionadas por las instituciones reguladas por la ley general del sistema financiero y de seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Los afiliados que opten por dicho traslado se sujetan al siguiente procedimiento:

  • Presentación de solicitud de forma remota, virtual o presencial y por única vez posteriores a los 90 días calendarios después de la vigencia del reglamento de la ley.
  • La AFP dentro de los 30 días siguientes a la presentación de solicitud, transfiere de forma directa, la totalidad de los fondos acumulados en la cuenta individual del afiliado, a la entidad del sistema financiero elegida por el afiliado.
  • Ante ello, las empresas podrán realizar las siguientes operaciones y servicios: recibir depósitos a plazo, de ahorros y previsionales, así como en custodia.

¿Cuál sería el calendario establecido?

Dentro de los 15 días posteriores a la publicación de esta norma en el diario oficial «El Peruano», la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emite el procedimiento operativo para llevar a cabo el retiro de los fondos. Asimismo, el Poder Ejecutivo emite un reglamento detallando los aspectos previstos en un plazo máximo de 90 días calendario desde la publicación de la normativa en el diario oficial.

La intención detrás de esta propuesta es autorizar un nuevo retiro extraordinario de los fondos existentes, con el propósito de aliviar la carga económica de las familias y brindar a los afiliados la opción de elegir un nuevo producto de jubilación bajo un sistema de depósito a largo plazo.

Según señala, los potenciales beneficiarios de la norma son 8 millones 905.304 afiliados del Sistema Privado de Pensiones que podrían retirar retirar parcialmente su dinero o trasladarlo a una entidad financiera.

El referido Proyecto de ley N° 5761 fue presentado el 24 de agosto e ingresado a la Comisión de Economía un día después para su respectivo debate.