¿Qué papeles necesitas para cobrar aportes de Fonavi?

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COMISIÓN AD HOC YA ALISTA REINTEGRO 3 Y GRUPO 21. ASEGÚRATE CÓMO SALIR EN LISTAS

 

Por: Luis Luzuriaga Garibotto
Presidente de la Asociación Federación de Fonavistas y Pensionistas del Perú y miembro  Comisión Ad Hoc

Luis Luzuriaga Garibotto
Luis Luzuriaga Garibotto

Estos son los documentos que debe tener en su poder el fonavista para hacer su acreditación de fonavista beneficiario, conforme al procedimiento establecido en los Arts. 22 y 23 del D.S. N° 006-2012–EF, reglamento de la Ley 29625 “Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo”, es decir sustentar el periodo laborado durante la vigencia del Fonavi (historial laboral) y la ubicación de los libros de planillas para la identificación de las aportaciones efectuadas por el trabajador y su respectivo empleador a su Fonavi.

Este procedimiento para la expedición del CERAD está sujeta al reconocimiento por parte de la Comisión Ad Hoc de la calidad de fonavista beneficiario, lo que se produce a través de la inclusión de la persona en el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios. A su vez, dicha inclusión está sujeta al seguimiento del procedimiento de inscripción del fonavista mediante el Formulario N.0 1 y al proceso de verificación de los aportes de los fonavistas por parte de la Comisión, de acuerdo a lo previsto en los artículos 21 y 22 del Decreto Supremo 006-20 12-EF, Reglamento de la Ley 29625, respectivamente.”

Como se advierte el fonavista, es la parte fundamental en el proceso de cumplimiento de la Ley, por ser el directo beneficiario, por lo tanto es el primer responsable de exigir su cumplimiento, procedimiento que, como se advierte, ha sido precisado y ratificado por el TC, por tanto lo que tiene que hacer el fonavista es acreditar su condición conforme al reglamento de la ley.

Es decir acreditar el periodo laborado y las aportaciones y/o libros de planillas, ya que la finalidad de la ley es la devolución de las aportaciones del trabajador y empleador para la conformación de la cuenta individual, su actualización y liquidación para determinar su valor total actualizado a devolver mediante el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y derechos del fonavista-CERADF.

 

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DOCUMENTOS NO SON PARA ACTUALIZAR PADRÓN

Todos los fonavistas hemos presentado nuestro historial laboral, ya sea directamente al Banco de la Nación o en forma virtual. Por tanto, no hay que “presentar documentos para actualizar el padrón”, lo que debe hacer el fonavista es acreditar con los DOCUMENTOS OFICIALES señalados que cumple las dos condiciones para el cumplimiento del mandato legal establecido en los Arts. 1, 2,y 3 de la Ley 29625, esto es para la conformación de la cuenta individual, la notificación del valor total actualizado de las aportaciones y su devolución mediante el CERADF conteniendo el valor total actualizado de las aportaciones que corresponden al fonavista que le devuelvan.

Ojo, el primer documento que deben tener es el oficio mediante el cual la ONP envió la información relativa al historial laboral conforme al procedimiento establecido en el Art 22 del D.S. N° 006-2012- EF, reglamento de la Ley 29625.

PARA LA ACREDITACION DE LAS APORTACIONES

En primer lugar, el Fonavista deberá, si los tuviera, reunir todos aquellos documentos que permitan identificar las aportaciones:

  • Boletas de pago de remuneraciones
  • Constancias detalladas de pago de remuneraciones y retenciones de ley y/o aportes al Fonavi
  • Certificados de retencion de renta de quinta categoria FINALIDAD: Para identificar las aportaciones y registrarlas en la base de datos (expediente) de cada fonavista En segundo lugar, el fonavista deberá reunir, si los tuviera, todos los documentos que permitan identificar el nombre exacto de las empresas en las que laboró durante el periodo de vigencia de Fonavi:
  • Certificados de trabajo
  • Resolución de cese FINALIDAD: Para poder ubicar los libros de planillas En tercer lugar, el fonavista deberá reunir, si los tuviera, todos los documentos que permitan acreditar el periodo laborado durante la vigencia del Fonavi:
  • Resolución de jubilación, hoja de liquidación y cuadro resumen de aportaciones
  • Resolución de cese
  • Informe escalafonario
  • Hoja de liquidación de beneficios sociales
  • Estado de cuenta de aportes AFP FINALIDAD: Para identificar el periodo laborado entre enero de 1980 y agosto de 1998 Por tanto, se convoca a todos los fonavistas a acercarse al jirón Rufino Torrico 889, oficina 210 o comunicarse a los teléfonos 978496705 fijo 4835047.

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