Pleno del Congreso aprobará de manera final la Ley Fonavista

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Congreso de la República
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A pesar de las observaciones y la propuesta del Poder Ejecutivo, la Comisión de Economía insistió con el proyecto de Fonavi que deberá ser debatido en el Pleno del Congreso.

Nueva Comisión Ad Hoc iniciará proceso de pagos, con un cálculo promedio a cobrar, por cada exafiliado al FONAVI, entre 15 a mil a 20 mil soles

Luego que la Comisión de Economía del Congreso aprobara la insistencia del Proyecto de Ley (PL) de devolución del dinero a los aportantes del Fonavi, priorizando a la población vulnerable, en los próximos días dicho planteamiento tendrá que ser aprobado en el Pleno del Congreso a fin que de una vez se haga efectivos y se inicie el proceso de pagos con montos actualizados tal y como lo propone dicho PL.

De aprobarse en el Pleno, la nueva Comisión Ad Hoc iniciará el proceso de pagos a los fonavistas, con un cálculo promedio a cobrar, por cada exafiliado al FONAVI, entre 15 a 20 mil soles pues es el dinero real que corresponde.

Esta insistencia, para garantizar el cumplimiento de la Ley 29625, tuvo 7 votos a favor, y 4 votos en contra.La iniciativa legislativa ya se había aprobado anteriormente en el Pleno de Congreso, pero terminó siendo observa por el Poder Ejecutivo el pasado 11 de febrero.

Esta insistencia se da pese a que el Ejecutivo ha presentado una contrapropuesta que plantea una devolución inmediata de entre S/ 420 y S/ 700 para un millón 800,000 fonavistas. De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la propuesta tal cual está planteada es “inviable en términos fiscales”.

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Asimismo, se cuestionaba el criterio con el cual se determinó el monto que se adeuda a los fonavistas, señalando que el cálculo debe plantearse solo sobre los aportes de empleados.Además, el Poder Ejecutivo también alegó una vulneración al principio de separación de poderes y una posible iniciativa de gasto.

Sin embargo, la presidenta de ese grupo de trabajo, la congresista Silvia Monteza, sostuvo que las disposiciones normativas contenidas en la autógrafa de ley se encuentran dentro del marco competencial del Poder Legislativo, por lo que no hay vulneración al principio de separación de poderes.

La aprobación a este proyecto también ratificó el monto final de S/ 42,008 millones de soles a favor de los fonavistas, considerando el índice de precio al consumidor (IPC) y tanto aportes de los trabajadores como de los empleadores.Ahora el dictamen aprobado por insistencia deberá ser agendado para su próximo debate y votación en el Pleno del Congreso.

TABLA OFICIAL DE APORTES AL FONAVI

BASE LEGAL

 

PERÍODO DESCONTADOS
D.L. Nº22591 30/06 AL 31/07 DE 1979 S/102.50
  31 DE AGOSTO DE 1979 S/205.00
  30 DE SETIEMB. DE 1979 S/307.50
  31 DE OCTUB.  DE 1979 S/410.00
  30 DE NOVIEM. DE 1979 S/512.50
  31 DE DICIEMB. DE 1979 S/615.00
D.L. Nº 22845 27 DE DICIEMBRE S/1,230
    S/2,460
    S/3,690
    S/4,920
    S/6,150
    S/7,380
    S/7,995
D.S. Nº 01686 02 DE JUNIO DE 1986 S/8,610
    S/9,840
    S/11,070
    S/12,300
    S/13,530
    S/14,760
D.S.E. N 8 PCM/92 05 DE FEBRERO DE 1992 S/19,492.61
D.L. Nº 25981 23 DE DICIEM. DE 1992 S/24,225.21
LEY Nº 26233 13 DE OCTUBRE DE 1993 S/25,644.99
    S/31,324.12
    S/35,110.21
LEY Nº 26504 17 DE JULIO DE 1995 S/37,949.78
    S/43,628.91
D.L. Nº 853 01 DE ENERO DE 1997 S/2,695.09
TOTAL

 

 

  S/46,939.00