Pagos para fonavistas iniciarían en octubre con un promedio de mil soles

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Fonavistas
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Este jueves 10 del presente se llevará a cabo la sesión de la Comisión Ad Hoc del FONAVI, a fin de determinar cómo se llevará a cabo el inicio de la devolución de aportes, toda vez que ya ha sido aprobado el Reglamento de la Ley 29625 que permite el pago de los fondos fonavistas.

Este jueves se determinará la devolución de aportes en la sesión de la Comisión Ad Hoc

Al parecer, se comenzaría a pagar para octubre próximo luego que se determine este jueves el cronograma de pagos. Como se saber, los primeros en cobrar serán cerca de 80 mil fonavistas cuyas aportaciones han sido debidamente identificadas. Asimismo, se supo que el promedio de pagos iría desde 500 soles hasta 2 mil soles.

Al respecto, y para aclarar cómo se llevará a cabo este proceso, reproducimos la explicación dada por la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú en su página oficial de Fabebook:

Este Reglamento complementario es el primer paso a la devolución de su dinero a todos los fonavistas, y se da en el marco de la Ley 29625, Ley 31173 y sus modificatorias, Leyes 31454,31604 y con las últimas mutilaciones al derecho de propiedad establecidas por el Tribunal Constitucional; qué establecen devolver al fonavista lo que ha aportado como trabajador debidamente actualizado, de acuerdo al interés legal, qué es lo que estableció el TC”.

“Iniciado el Proceso de Devolución en función a la identificación de las aportaciones monetarias y la actualización aplicando al interés legal, se evidenciará dos dificultades y afectaciones”.

LA PRIMERA DIFICULTAD será que no a todos los fonavistas se podrá acreditar sus aportes monetarios porque hay empresas que han desaparecido, planillas extraviadas, quemadas, demoras en la remisión de la información de los empleadores a la Secretaría Técnica esto generará la necesidad de la aplicación de algún criterio adicional para la devolución a dicho sector de fonavista, qué podría ser aplicando como referencia los sueldos, promedios o alguna fórmula qué se acerque a lo establecido por Ley que es la devolución del total de las Aportaciones”.

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“LA SEGUNDA, QUE MAS QUE DIFICULTAD ES UNA AFECTACIÓN A LOS FONAVISTAS, emitida por Sentencia del Tribunal Constitucional es la aplicación de la Actualización de la Aportaciones en base a la aplicación del interés legal, actualización qué afecta las aportaciones efectuadas en sol de oro, y Intis monedas desfasadas, qué con dicho criterio se reducen considerablemente, lo cual constituye una afectación al Patrimonio de los fonavistas”.

“LA TERCERA PROBLEMÁTICA, se da en la aplicación de la exclusión de supuestos beneficiados del Fonavi, situación que en consenso la Comisión Ad Hoc decidió trasladar una propuesta legal al Congreso para que se establesca con la claridad quienes fueron beneficiados con recursos del Fonavi en relación a lo establecido por la Constitución Política, La Ley 29625, Ley 31173”.

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