TE DECIMOS QUÉ HACER SI TE QUEDASTE SIN TRABAJO Y AHORA ERES INDEPENDIENTE
El hecho de que estés afiliado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y mes a mes hayas cumplido con aportar para tu fondo de jubilación, te da el beneficio de poder continuar aportando sin que tus cuotas previas se vean afectadas por esta impensada pausa. ¿Cómo? adecuándote a la figura de «aportes facultativos» si es que ya cuentas con fondos depositados.
Podrán asegurarse facultativamente:
a) Las personas que realicen actividad económica independiente; y,
b) Las/Los aseguradas/os obligatorias/os que cesen de prestar servicios a un empleador y que opten por la continuación facultativa; para ello, deberán presentar su solicitud en el término de 6 meses contados a partir del cese de la condición de asegurada/o obligatoria/o.
Los aportes facultativos al SNP con posterioridad a la incorporación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) son pagos indebidos, por tanto, no generan prestaciones en el SNP.
A QUIÉNES ESTÁ DIRIGIDA
Trabajadoras/es independientes y trabajadoras/es que cesaron de prestar servicios como aseguradas/os obligatorias/os.
Requisitos:
Aseguradas/os Facultativas/os:
Para personas que estén dentro de los siguientes grupos:
- Personas que realizan una actividad económica independiente, generando un ingreso económico por la realización de trabajo personal no subordinado.
- Personas que cesaron de prestar servicios como aseguradas/os obligatorias/os y optan por la continuación facultativa.
Cómo realizarla:
De manera virtual (solo para afiliarse como asegurada/o facultativa/o independiente):
El o la trabajador/a independiente tendrá que ingresar a www.onp.gob.pe, elegir la sección ‘Quiero afiliarme con la ONP’, posteriormente dirigirse a la categoría ‘Soy Trabajador Independiente’ y seleccionar el servicio ‘Realizar afiliación facultativa al SNP’. El o la trabajador/a realizará la afiliación instantáneamente; consignando únicamente su número de DNI y un correo electrónico.
De no ser aprobada su afiliación on-line, se mostrará un mensaje informando los impedimentos para efectuar el proceso, los cuales podrán ser subsanados en los Centros de Atención de la ONP presentando la correspondiente documentación sustentatoria y su DNI (Los extranjeros tendrán que presentar copia simple carné de extranjería o pasaporte).
La documentación que puede presentar de acuerdo al impedimento, es la siguiente según cada caso:
Afiliada/o al SPP:
Resolución de la SBS de desincorporación del Sistema Privado de Pensiones.
De ser el caso, constancia de no afiliación a la AFP (para casos que figuran afiliados al SPP por error en el DNI o por homonimia).
DNI: DNI vigente.
Si desea optar por la afiliación como continuador/a facultativo/a, deberá acercarse a un Centro de Atención de la ONP.
De manera presencial
Acercándose a un Centro de Atención de la ONP con su DNI (las/los extranjeras/os tendrán que presentar copia simple carné de extranjería o pasaporte) para solicitar su afiliación facultativa.
Cuándo realizarla:
Este servicio está disponible de forma permanente para trabajadoras/es independientes y trabajadoras/es que cesaron de prestar servicios como aseguradas/os obligatorias/os. Así aseguras tu vejez con una pensión mensual.
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¿CUÁNDO CADUCA LA CONDICIÓN DE ASEGURADO FACULTATIVO?
Caduca en las siguientes circunstancias:
- Si vuelve a trabajar en relación de dependencia (asegurada/o obligatoria/o).
- Si adquiere derecho a una pensión de invalidez o jubilación del Sistema Nacional de Pensiones.
- Si deja de abonar aportaciones correspondientes a 12 meses.
Del pago del aporte facultativo al SNP:
Los pagos de los aportes facultativos se pueden realizar de la siguiente manera:
Acercarse al Banco de la Nación con su DNI, indicando que va pagar Regímenes Especiales ONP – Formulario virtual 1675 (no se exige presentar formulario). Al cajero se le debe indicar lo siguiente:
Tipo de facultativo (53 Facultativo Independiente, 54 Continuación facultativa)
Aporte
Recargos por mora (de corresponder)
- Solo se permite pagar periodos a partir de julio/2000 en adelante)
Acercarse a cualquiera de las entidades bancarias: Scotiabank, Interbank, BBVA y BANBIF, con el formulario físico 1075 debidamente llenado. No hay restricción de periodo para pagar.
El monto del aporte facultativo mensual al SNP es actualmente igual al 13% del:
Ingreso Asegurable Mensual (IAM) para las/los aseguradas/os facultativas/os independientes.
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