ONP: Conoce aquí la diferencia entre pensión provisional y proporcional

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A partir de los 65 años, los afiliados tienen la posibilidad de recibir pagos y acceder rápidamente a un seguro de salud.

Si eres afiliado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), debes tener en cuenta que a los 65 años tienes la opción de comenzar a recibir tu pensión, siempre y cuando hayas realizado los aportes necesarios para acceder a dicho beneficio. Conoce aquí la diferencia entre pensión provisional y proporcional.

Sin embargo, en los últimos años, la ONP ha implementado medidas para que más afiliados puedan obtener su pensión de manera más ágil, a través de la pensión proporcional y la pensión provisional.

Pensión proporcional

La pensión proporcional es un beneficio dirigido a aquellos jubilados que no alcanzaron a completar los 20 años de aportes, pero aún tienen derecho a recibir una mensualidad de la ONP en función del tiempo que contribuyeron, con un mínimo de 10 años de aportes.

De acuerdo con el Decreto Supremo N°282-2021, para acceder a la pensión proporcional debes cumplir con una de las siguientes condiciones:

  • Tener al menos 65 años y haber aportado durante al menos 10 años, pero sin llegar a los 15 años. En este caso, el monto de tu pensión será una suma fija mensual de 250 soles, pagadera en 12 cuotas al año.
  • Tener al menos 65 años y haber aportado durante al menos 15 años, pero sin llegar a los 20 años. En este caso, el monto de tu pensión será una suma fija mensual de 350 soles, pagadera en 12 cuotas al año.

Es importante destacar que ambos montos de pensión están sujetos a un descuento del 4% por concepto de EsSalud.

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Pensión provisional

La ONP ofrece la pensión provisional con el propósito de que los asegurados puedan recibir un pago mensual en tan solo 30 días (contados a partir de la fecha de solicitud) mientras se tramita su pensión definitiva, además de proporcionarles un acceso rápido a un seguro de salud.

Este beneficio se aplica a las pensiones de jubilación, conyugal, discapacidad para el trabajo, viudez, orfandad y ascendencia que estén en proceso de trámite, en caso de que la pensión definitiva no haya sido otorgada en un plazo de 30 días hábiles.

Existen excepciones para la obtención de la pensión provisional, como cuando la ONP haya rechazado previamente la solicitud de pensión o si el afiliado se encuentra en el período de espera de la respuesta sobre la aceptación del préstamo previsional.

La pensión provisional se concede automáticamente, sin necesidad de realizar ningún otro trámite, a los 30 días de haber solicitado la pensión, sin importar el tipo de pensión que el afiliado esté gestionando en la ONP.