Cuadriplicarían montos a jubilados de sector salud en todo el país
Un proyecto de ley que propone homologar la pensión de los jubilados del sector salud del régimen 19990 y 20530 con la remuneración de la primera escala que percibe el personal en actividad fue presentado por la parlamentaría Kelly Portalatino (Perú Libre).
La norma N°12247/2025-CR “LEY QUE DIGNIFICA LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN DE LOS PROFESIONALES Y TRABAJADORES JUBILADOS DEL SECTOR SALUD COMPRENDIDOS EN LOS DECRETOS LEY 19990 Y 20530”, tienen por finalidad garantizar la equidad y la justicia entre el personal jubilado y en actividad.
“Busca asegurar que los jubilados perciban ingresos dignos que les permitan llevar una vida en condiciones adecuadas, en reconocimiento a los años de servicio prestados a favor de la salud pública del país”, señala el proyecto de ley.
Con ese fin dispone que la pensión homologada de un jubilado será a la remuneración básica del Nivel I establecida en el ARTÍCULO 25 DE LA LEY N.º 23536, calculada como el producto de cuatro veces el monto vigente del sueldo mínimo vital de Lima Metropolitana y las bonificaciones legales vigentes otorgadas al personal en actividad, según corresponda al grupo ocupacional y régimen laboral.
Este cálculo será aplicable a los profesionales y trabajadores del sector salud que cesen a partir de la vigencia de la presente Ley y a los jubilados y cesantes actuales comprendidos en los Decretos Leyes N.º 19990 y N.º 20530. “Se encuentran excluidos del alcance de la presente ley los profesionales y trabajadores del sector salud afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP)”, señala la iniciativa legal.
Actualmente, los jubilados del D.L. N° 19990, tienen una pensión promedio que oscila entre 600 y 900 soles mientras que los jubilados del Decreto Ley N° 20530 tiene pensiones mayores, pero insuficientes para afrontar gastos médicos, alimentación y vivienda.
“En este sentido, establecer una pensión mínima equivalente a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de la primera escala del sector salud representa un acto de justicia social y reconocimiento por la labor realizada, y una medida de equidad”, asegura.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE DIGNIFICA LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN DE LOS PROFESIONALES Y TRABAJADORES JUBILADOS DEL SECTOR SALUD COMPRENDIDOS EN LOS DECRETOS LEYES N.º 19990 Y N.º 20530
Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer un régimen legal que dignifique las pensiones de jubilación de los profesionales y trabajadores del sector salud comprendidos en los Decretos Leyes N.º 19990 y N.º 20530, mediante su homologación a la primera escala remunerativa vigente del personal en actividad, de acuerdo a las leyes de carrera respectivas.
Artículo 2.- Finalidad Garantizar la equidad y justicia entre el personal de salud en actividad y los jubilados, asegurando que estos últimos perciban ingresos dignos que les permitan llevar una vida en condiciones adecuadas, en reconocimiento a los años de servicio prestados a favor de la salud pública del país.
Artículo 3.- Homologación de las pensiones
3.1. La pensión homologada será equivalente a la suma de:
a) La remuneración básica del Nivel I establecida en el ARTÍCULO 25 DE LA LEY N.º 23536, calculada como el producto DE CUATRO (4) VECES EL MONTO VIGENTE DEL SUELDO MÍNIMO VITAL DE LIMA METROPOLITANA POR EL ÍNDICE REMUNERATIVO DEL 100 % CORRESPONDIENTE A DICHO NIVEL. b) Las bonificaciones legales vigentes otorgadas al personal en actividad, según corresponda al grupo ocupacional y régimen laboral.
3.2. Este cálculo será aplicable a:
- Profesionales y trabajadores del sector salud que cesen a partir de la vigencia de la presente Ley.
- Jubilados y cesantes actuales comprendidos en los Decretos Leyes N.º 19990 y N.º 20530.
ANTECEDENTES NORMATIVOS – MARCO JURÍDICO
El sector salud en el Perú cuenta con trabajadores sujetos a distintos regímenes laborales:
- Constitución Política del Perú: Arts. 10, 11, 43 y 103, que reconocen el derecho a la seguridad social, la igualdad y la justicia social, así como los principios de progresividad y no regresividad.
- DL N° 19990 – Sistema Nacional de Pensiones: régimen público administrado por ONP, con pensión mínima de S/600.
- DL N.° 20530 – Cédula Viva: nivelación automática eliminada por Ley N.° 284492 (2004).
- Ley N.° 235363 – Carrera Pública de la Salud: escalas para profesionales de la salud.
- Ley N.° 300574 – Servicio Civil: marco para personal administrativo.
- – Precedentes: Ley N.° 306835 (2017) que niveló pensiones de FF.AA. y PNP; proyectos de homologación en magisterio.
- Decreto Legislativo N° 2766 – Carrera Administrativa.
- Decreto Legislativo N° 7287 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
- Decreto Legislativo N° 10578 – Contratación Administrativa de Servicios (CAS).
Durante décadas, miles de trabajadores del sector salud han laborado en condiciones adversas, especialmente en zonas rurales y de emergencia, garantizando la continuidad del servicio público de salud, muchas veces con recursos limitados.
Actualmente, en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) bajo el Decreto Ley N° 19990, la pensión promedio que perciben ex trabajadores de salud oscila entre S/ 600 y S/ 900; en el caso del régimen del Decreto Ley N° 20530, si bien las pensiones son mayores, no todos los jubilados acceden a montos que les permitan afrontar gastos médicos, alimentación y vivienda.
La situación se agrava en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), donde muchos jubilados reciben montos inferiores a S/ 1,000 debido a la baja densidad de aportes y a la informalidad laboral previa.
Leer también [Delegación comercial de Taiwán llegará al Perú]
PENSIÓN A S/3.300 PARA PROFESORES JUBILADOS
El dictamen que propone garantizar el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial, a través de una pensión proporcional a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) fue aprobado por el Pleno el pasado jueves 5 de junio en primera votación.
Esto haría que se dé un incremento en las pensiones que reciben estos profesores, proporcional a la RIM de la primera escala magisterial, que supondría un aumento de S/800 a S/3.300,60. Si bien ahora se esperaba que pasara segunda votación, esto podría estar en jaque.
Medida se aprobó en Pleno
Como se sabe, la propuesta dispone el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú. También busca garantizar que estos obtengan una pensión adecuada que cubra sus necesidades básicas y les permita mantener un nivel de vida “decente”.
En el Pleno del Congreso, así, el dictamen fue aprobado, en primera votación, con 54 a favor, cero en contra y 12 abstenciones. Para validarse totalmente, y esperar a la promulgación de la presidenta Dina Boluarte deberá darse la segunda votación dentro de siete días calendario.
Con esta Ley se establecería “una pensión para los maestros jubilados y cesantes de la educación básica regular, la educación básica alternativa, la educación básica especial y la educación técnico-productiva, comprendidos en los decretos leyes 19990 y 20530, y en la Ley 29944, así como para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP)”.
“Dichas pensiones serán equivalentes al monto de la Remuneración íntegra Mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial y serán establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación”, aclara la norma. Este valor es de S/3.300,60 actualmente.
Leer también:
Ley 20530: Pensionistas ya están cobrando su reajuste de 35 soles




