Fonavista: próxima lista sale con pago de intereses

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Antes de fin de año te devolverán tus aportes completos

Antes de fin de año saldría una nueva lista de devolución de dinero (lista N° 19) para los ex aportantes al FONAVI, la cual debería salir con los pagos completos (pagos de intereses y reintegros) luego de que el Tribunal Constitucional (TC), hace unos meses, declarara improcedente el monto de los pagos que se venían ejecutando los cuales no correspondían a la realidad de cada fonavista. Sin embargo, hasta la fecha no se hace efectiva la sentencia del TC por lo que los dirigentes fonavistas, se encuentran realizando todas las gestiones para que se les devuelva conforma a las normas vigentes.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Decreto Supremo 016-2014-EF (para el pago continuo de los contribuyentes al Fonavi) pues no consideraba los aportes de cada uno de los fonavistas, habiéndose dado montos generales que no corresponden. Andrés Alcántara Paredes, propietario de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú estimó que la nueva decisión del TC (noviembre de 2018) beneficiará a 1 millón a 600 mil fonavistas los que ahora pueden recibir el reembolso completo de sus contribuciones.

En contraste, Ernesto Blume, presidente del Tribunal Constitucional también hizo referencia a la decisión de la entidad. “El problema con el acto impugnado es que la fórmula se obtuvo al dividir los recursos totales a reembolsar en el número de beneficiarios, es decir, los montos están sujetos a la recolección del estado entre el número de beneficiarios para cada período. Por lo tanto, no es un cálculo individualizado de lo que realmente contribuyó a los fonavistas, declarando lo que realmente se debe hacer “.

Andrés Alcántara declaró que el Decreto Supremo 016 -2014-EF fue creado sobre la base del presupuesto de 2014 y, por lo tanto, fue revisado por el TC y finalmente declarado inconstitucional. “Los representantes de la Comisión Ad Hoc utilizaron la Ley 30114 para distorsionar el procedimiento y tratar de confundir a la población mediante pagándoles la suma de S / 10 por mes de aportes, hecho que resultó una burla para los fonavistas”.

Antes de que se declarara inconstitucional el Decreto Supremo 016-2014-EF, los montos a reembolsar estaban sujetos a la división de lo que tenía el Estado entre todos los beneficiarios, de modo que el cálculo individualizado resultó ser una suma irrisoria. Por lo tanto, hubo una violación de la propiedad de los fonavistas, que esperaban la devolución de sus contribuciones.

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