¡Fonavista, la devolución de aportes es desde el 1 julio de 1979 hasta el 31 agosto de 1998!

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A mirar sus boletas de pago para no dejarse sorprender en el momento de la devolución del Fonavi

En la última sentencia que beneficia a los fonavistas, el Tribunal Constitucional (TC) argumenta que, con la aprobación mediante referéndum de la Ley 29625 (Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo), el Estado peruano reconoce la obligación de devolver los aportes realizados al Fonavi que efectuaron los trabajadores dependientes e independientes, durante el periodo en el cual estuvo vigente, es decir desde el 1 de julio de 1979, hasta el 31 de agosto de 1998.

En base a ello, los fonavistas deben estar observando sus boletas de pago con los aportes realizados al Fonavi, para que no los sorprendan al momento de considerarse los meses y años que sí están habilitados cuando se realice el cálculo para la devolución de las aportaciones.

“El Fondo Nacional de Vivienda fue creado el 30 de junio de 1979 mediante el Decreto Ley 22591, el cual tenía por finalidad satisfacer, en forma progresiva, la necesidad habitacional de los trabajadores en función de sus ingresos y del grado de desarrollo
económico y social del país (artículo 1). No habiendo realizado completamente su finalidad, se aprobó mediante referéndum la ley 29625, Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo”, explica el TC.

Cabe subrayar que el artículo 1 de la Ley 29625 establece: “Devuélvase a todos los trabajadores que contribuyen al Fonavi, el total actualizado de su aportes que fueron descontados de sus remuneraciones. Así mismo abónese a favor de cada trabajador beneficiario; los aportes de sus respectivos empleadores, el Estado y otros en la proporción que les corresponda debidamente actualizados (resaltado agregado)”.