Devolución de aportes será conforme a 17 sueldos con valor actual

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Fonavista
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Este año 2021 los ex contribuyentes del FONAVI tendrán que recibir el pago por concepto de devolución de aportes según lo dispone la aprobada Ley Fonavista. Los pagos se harán conforme los fondos aportados por cada ex aportante con valor actualizado, durante el período de aportaciones que hace un cúmulo de 17 sueldos.

Para los que cobraron sueldo mínimo durante el tiempo que aportó al FONAVI, debería recibir por lo menos S/16,500

Esta ley que busca garantizar, a su vez, el cumplimiento de la ley 29625 (única ley de devolución de aportes al FONAVI), ha sido muy bien recibida por los ex contribuyentes, quienes confían que la devolución de su dinero será en los mismos montos que ellos aportaron y no con la ínfima suma de 10 soles mensuales (como tope) que se entregó en las listas anteriores de pagos.

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Según algunos economistas, en un simple cálculo aritmético, se puede concluir que, si un trabajador laboró ininterrumpidamente, en período fonavista (1979-1997), acumuló un total de 17 sueldos e incluyendo un interés legal anual de 2.2%, este aumenta a 22 sueldos. En el caso más extremo, si un trabajador solo hubiera recibido sueldo mínimo vital durante todo el tiempo que aportó al FONAVI, debería recibir, por lo menos S/. 16,500, equivalente a 22 sueldos mínimos. Sin embargo, esto se redujo a solo entre 1,000 y 2,000 soles.

La Ley aprobada por el Pleno del Congreso indica que se busca dejar sin efecto el cálculo de S/10 por cada aporte establecido anteriormente, y garantizar la devolución del monto total actualizado con la tasa de interés legal y el Índice de Precios al Consumidor.

Además, se propone desintegrar la actual Comisión Ad Hoc e instalar una que incluya cuatro representantes de la Federación Nacional de Fonavistas del Perú, dos integrantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), uno de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

El documento indica que no se requiere de una reglamentación y la Comisión Ad Hoc elaborará su plan operativo en un plazo de 30 días calendario. Se espera que dicha Comisión se instala lo más pronto.

CUADRO DE APORTES AL FONAVI (AÑOS 1979-1997)

BASE LEGAL PERÍODOS MESES DESCONTADOS
D.L. Nº22591 AÑO 1979 1 S/102.50
    2 S/205.00
    3 S/307.50
    4 S/410.00
    5 S/512.50
    6 S/615.00
D.L. Nº 22845 AÑO 1980 12 S/1,230
  AÑO 1981 12 S/2,460
  AÑO 1982 12 S/3,690
  AÑO 1983 12 S/4,920
  AÑO 1984 12 S/6,150
  AÑO 1985 12 S/7,380
  AÑO 1986 6 S/7,995
LEG. Nº 22      
D.S. Nº 01686 AÑO 1986 6 S/8,610
  AÑO 1987 12 S/9,840
  AÑO 1988 12 S/11,070
  AÑO 1989 12 S/12,300
  AÑO 1990 12 S/13,530
  AÑO 1991 12 S/14,760
D.S.E. N 8 PCM/92 AÑO 1992 10 S/19,492.61
D.L. Nº 25611      
D.L. Nº 25981 AÑO 1993 10 S/24,225.21
LEY Nº 26233 AÑO1993 3 S/25,644.99
  AÑO 1994 12 S/31,324.12
  AÑO 1995 8 S/35,110.21
LEY Nº 26504 AÑO 1995 6 S/37,949.78
  AÑO 1996 12 S/43,628.91
D.L. Nº 853 AÑO 1997 7 S/2,695.09
TOTAL     S/46,939.00