Con 90 votos a favor, 22 en contra y 2 abstenciones, el proyecto no logró la aprobación necesaria para modificar artículo 34-A de la Constitución
El Congreso no logró el consenso necesario para aprobar la reforma constitucional que pretende prohibir la participación en elecciones de personas que hayan cumplido condenas por delitos graves hasta diez años después de ser rehabilitadas. El proyecto de ley regresó a la Comisión de Constitución para ser analizado y modificado.
La propuesta de reforma buscaba agregar que quienes hayan sido condenados a pena privativa de libertad efectiva por delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas, rebelión, sedición y motín, no podrán postular a cargos de elección popular ni ser nombrados funcionarios públicos y de confianza hasta diez años después de su rehabilitación.
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Congreso dividido
El nuevo texto sustitutorio, presentado por la congresista Martha Moyano, excluyó varios delitos inicialmente considerados, como tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio, trata de personas, secuestro, contra la seguridad nacional y traición a la patria. Esta exclusión generó discrepancias entre los congresistas, especialmente de las bancadas de izquierda, que exigían la inclusión de estos delitos.
Actualmente, la ley permite que personas condenadas por diversos delitos, tras cumplir su pena, puedan participar en procesos electorales y asumir cargos públicos. La reforma era vista como crucial para las Elecciones de 2026, ya que los impedimentos debían establecerse un año antes de las elecciones, es decir, en abril de 2025.