Cómo se hace la calificación y verificación de reintegro 4

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FONAVISTAS DE MÁS DE 65 AÑOS ENCABEZAN LISTA DE DEVOLUCIÓN JULIO

La comisión Ad Hoc Fonavi ya evalúa  los lineamientos que conformarán el padrón del REINTEGRO N° 4 programado para Julio de este año, quizá el último reintegro del presente año, además de un grupo nuevo que se ejecutará posiblemente en septiembre. Para este cuarto reintegro se considerará a los beneficiarios de los grupos de pago 1 al 19 mayores de 65 años que fueron calculados bajo construcción de cuentas individuales e información actualizada de los periodos de aportes, que toman como base de cálculo la fecha de cese o fecha de inicio de pensión de ONP, en dicho contexto es necesario tener un historial laboral actualizado y validar la información supletoria presentada para acceder al pago.

ACTUALIZACIÓN DE HISTORIAL LABORAL

Para la actualización de la información de los beneficiarios de los grupos de pago 01 al 19 que forman parte del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, se realizaron las acciones administrativas correspondiente para solicitar a la ONP y SBS, la información actualizada de los periodos de aporte de los afiliados a sus respectivos regímenes pensionarios, que consten en sus bases de datos o archivos, y que estén comprendidos dentro del periodo de vigencia del FONAVI.

Para el caso de empleadores, públicos y privados, se solicitó además que envíen información de los aportes monetarios al FONAVI de sus trabajadores, que consten en sus bases de datos o planillas.

PROCESO DE CALIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN

La información proveniente de las bases de datos del Nuevo Sistema de Pensiones (NSP), con respecto a los periodos de aportes acreditados para pensiones de los asegurados del Decreto Ley N° 19990, corresponden a datos procedentes del proceso de calificación y verificación que realiza la ONP, en su mayoría personas de la tercera edad.

Para la actualización de la información de los beneficiarios o de asegurados del Decreto Ley N° 19990, cuyos periodos de aportes pensionarios hayan sido acreditados por la ONP y correspondan al periodo de vigencia de aportaciones al FONAVI.

 

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RESPECTO A LA INFORMACIÓN PROVENIENTE DE DOCUMENTACIÓN SUPLETORIA

Para el cálculo del Reintegro a los beneficiarios de los grupos de pago 01 al 19, se está considerando los períodos acreditados, a partir de la calificación de recursos de reconsideración con documentación supletoria presentada por los Fonavistas o sus representantes, y que constan en la data cargada en el SIFONAVI.

Para determinar la validez de la documentación supletoria se aplican criterios de valoración conjunta similares a los que utiliza la ONP en sus procesos de pensionamiento.

De acuerdo a ello es prueba idónea, TODO AQUEL MEDIO QUE PERMITA ACREDITAR PERIODOS DE APORTES; ES DECIR, UN DOCUMENTO SUPLETORIO RESULTARÁ SER IDÓNEO SIEMPRE Y CUANDO PRODUZCA CONVICCIÓN Y CERTEZA RESPECTO A SU CONTENIDO. Ahora bien, aun cuando el concepto de prueba idónea fue pensado para un tema previsional, de acuerdo a lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del DECRETO SUPREMO N° 006-2012-EF las normas reglamentarias aplicables a la ONP también son aplicables a la devolución de aportes del FONAVI.

En dicho contexto se considera la siguiente documentación:

CERTIFICADOS DE TRABAJO. – Documento emitido por el empleador o trabajador autorizado el cual acredita una relación laboral.

BOLETAS DE PAGO DE REMUNERACIONES. – Es aquel documento que acredita el cumplimiento de la prestación (pago) dentro de la relación laboral.

LIQUIDACIÓN DE TIEMPO DE SERVICIOS O BENEFICIOS SOCIALES. – Documento expedido por el empleador al término de la relación laboral, los datos que deberán consignarse son: fecha de ingreso, cese y condición.

PLANILLA DE PAGO. – Son registros donde se detalla información sobre los trabajadores de una empresa, detallando conceptos como remuneraciones y aportes.

CERTIFICADO DE RENTA DE 5TA CATEGORÍA. – Es aquella constancia que acredita el pago de renta de 5ta categoría por trabajadores dependientes.

CONSTANCIA DE HABERES Y DESCUENTOS. – Es aquel documento que contiene información detallada sobre los ingresos y egresos del trabajador durante un determinado periodo laboral.

CONSTANCIA DE APORTACIONES AL FONAVI. – Documento emitido por la autoridad privada o pública que indica la cantidad y tiempo aportado al FONAVI.

RESOLUCIÓN DE CESE. – Documento administrativo que pone fin a la relación laboral, por las diferentes causales establecidas por ley.

INFORME ESCALAFONARIO. – Documento emitido por las entidades pertenecientes al sector Educación, donde se detallan los datos personales, fecha de ingreso, cese, cargos, y la totalidad de años de servicio.

CONSTANCIA DE APORTACIONES DEL IPSS O ESSALUD. – Documentación emitida por ESSALUD o IPSS que indican los aportes realizados al Instituto Peruano de Seguridad Social.

PARTIDA REGISTRAL DE INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA. – Documento emitido por SUNARP, dentro de aquel se detallan todos los actos inscribibles de una persona jurídica.

PARTIDA REGISTRAL. – en la que figure inscrito un apoderado que haya suscrito un certificado de trabajo, boleta, resolución de cese, etc.

INFORMACIÓN DE LA SUNAT. – en la que figure si una persona que ha suscrito un certificado de trabajo, boleta, resolución de cese, etcétera es apoderado.

DECLARACIÓN JURADA DEL EMPLEADOR. – Manifestación expresa del empleador donde se asegura la veracidad de la declaración bajo juramento, respecto a periodos laborados, cargo, condición, respecto de un trabajador.

INFORME, O DOCUMENTO AFÍN, de aportaciones de verificación anticipada, emitida por la ONP. Esta lista no es restrictiva y en realidad cualquier documento adicional que pueda coadyuvar a que juntamente con otro(s) documento(s) se pueda efectuar una valoración conjunta.

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