Chequea si accedes al pago de 400 soles por escolaridad

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Bonificación extraordinaria
Bonificación extraordinaria

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad ascendente a 400 soles, la cual se abonará, por única vez, en la planilla de pagos de este mes.

La bonificación por escolaridad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512, así como a los docentes universitarios a quienes se refiere la Ley Nº 30220, el personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153, los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.

También se beneficiarán con esta bonificación el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

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¿QUIÉNES RECIBIRÁN ESTE BONO? 

  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220.
  • El personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas.
  • Personal de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
  • Los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada también percibirán la bonificación por escolaridad.
  • Los servidores penitenciarios.
  • Los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas.
  • Los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público.
  • Los jueces supernumerarios del Poder Judicial.
  • Los fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público.