Basados en fallo del TC gobierno daría en breve incremento de pensiones

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Jubilados
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Fuentes del ministerio de Economía habrían informado que el reajuste de pensiones de los jubilados del DL. 19990 se concretaría en breve luego de tres años en que se produjo un aumento en el orden de los 30 y 85 soles pasando la pensión mínima de 415 a 500 soles, monto que hasta la fecha sigue igual y que contraviene con la ley pues es deber del Estado procurar las mejoras de este sector vulnerable de los jubilados.

Tras cumplirse plazo emitido en la sentencia N° 0009 se espera este año el aumento para los jubilados

Según el destacado especialis­ta en temas previsionales, Gabriel Bustamante, dijo que existen 608 mil jubilados que se encuentran en una situación económica difícil pues la mayoría de ellos cuenta con esta ínfima pensión mínima.

Precisó que el 64% de los jubilados cobran pensión en un rango de 250 soles (pensión pro­porcional por tener menos años de aportes) y 500 soles (pensión mínima). El último incremento de pensiones fue en el 2019, luego de un retraso de 21 años en que jamás hubo reajuste alguno.

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La situación de los jubilados es tan dramática que muchas personas han fallecido, peor aún en la pandemia, sin tener justicia, pues el incremento de pensiones es un derecho que ellos les asiste.

En ese sentido el 16 de abril del 2019, hace casi 4 años, el TC emitió una sentencia dando un plazo de tres años (que ya se venció en abril último) para que el Gobierno y el Congreso procuren las mejoras de este golpeado sector de la población.

En consecuencia, dado que la pensión mínima no ha sido incrementada desde el 2002, se concluye que existe inactividad por parte del Estado al no garan­tizar el desarrollo progresivo del derecho a la pensión, por lo que este Tribunal debe disponer que el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República incrementen el monto de la pensión mínima de los diferentes regímenes pensio­narios, incluido aquel del Decreto Legislativo 19990, en el plazo de 3 años. De no hacerlo en dicho plazo, el Tribunal Constitucional, en la etapa de supervisión de cumplimiento de Sentencias, podrá adoptar las medidas que estime necesario para tal efecto”, dice así la sentencia del TC.

Pensiones del DL 19990

 

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