Aumentarán pensión mínima y máxima en el sistema público

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Aumentarán pensión mínima y máxima en el sistema público
Aumentarán pensión mínima y máxima en el sistema público

Según nuevo proyecto de ley propuesto por el Ejecutivo

El proyecto de ley del nuevo Sistema Previsional Peruano, presentado por el Gobierno al Congreso de la República, sugiere aumentar la pensión mínima en el sistema público de pensiones de 500 a 600 soles. Este incremento se especifica en la octava Disposición Complementaria Transitoria relacionada con el «Aumento de la pensión mínima y las pensiones proporcionales especiales en el régimen establecido por el Decreto Ley N° 19990».

En resumen, la propuesta establece que:

a. La pensión mínima de jubilación y de invalidez se incrementa a 600 soles.
b. La pensión mínima por derecho derivado se establece en 400 soles.

Además, la pensión de jubilación proporcional especial para aquellos que han cotizado entre 10 y menos de 15 años se establece en 300 soles, mientras que la pensión de jubilación proporcional especial para aquellos que han cotizado entre 15 y menos de 20 años se fija en 400 soles.

El texto también indica que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizará ajustes a las pensiones del Sistema Nacional de Pensiones definido en el Decreto Ley N° 19990, siempre que actualmente sean inferiores a 1,000 soles, de acuerdo con las previsiones presupuestarias y las capacidades de la economía nacional.

Además, la iniciativa legislativa del Gobierno plantea la posibilidad de combinar las pensiones actuales en un único pago, con el propósito de simplificar la gestión administrativa.

En caso de que esta propuesta del Ejecutivo sea aprobada, los aumentos en los montos de las pensiones comenzarán a regir a partir de enero de 2024, y los reintegros, si son aplicables, se efectuarán en febrero de 2024.

Asimismo, se estipula que la financiación de lo establecido en esta normativa se realizará a través del presupuesto de la entidad ONP (Oficina de Normalización Previsional).

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Revisiones cada 3 años

La sexta Disposición Complementaria Final en la propuesta del Ejecutivo establece que se revisará el monto de las pensiones del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) cada tres años, incluyendo tanto las pensiones mínimas como máximas. Esta revisión tendrá en cuenta la capacidad financiera del Estado y las perspectivas de la economía nacional, a menos que haya disposiciones actuales que lo impidan.

Además, la propuesta sugiere que la aprobación de la pensión mínima requerirá una ley del Congreso, propuesta por el Poder Ejecutivo.

También se propone que el reajuste de las pensiones en los regímenes públicos de seguridad social a cargo del Estado se aplique a los pensionistas de 65 años o más cuyas pensiones en todos los regímenes no superen dos (2) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en ese momento.

La propuesta indica que el ajuste se lleva a cabo mediante un decreto supremo que es validado por el Ministro o Ministra de Economía y Finanzas, considerando las proyecciones presupuestarias, las perspectivas de la economía nacional y la viabilidad de las finanzas públicas.

Jubilación anticipada

Los afiliados a los sistemas de jubilación de la ONP y la AFP pueden solicitar una jubilación anticipada una vez que alcancen los 50 años, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 31332. Esta disposición representa un valioso beneficio para aquellos individuos que requieran los fondos que han estado aportando a lo largo de los años en sus cuentas de jubilación.