Revelan a El Men que comisión ad hoc ya tendría cronograma 2025 – 2026
El último pago del Fonavi se dio en agosto con el Reintegro 4, que se trató de una devolución de aportes para exafiliados que ya habían recibido un pago de estos anteriormente. Pero ahora le toca a los que no han recibido aún devoluciones y aportaron al Fonavi: la Lista 22, posteriormente la comisión ad hoc hará uso prolijo de los recursos y que ya contaría con un monto el 2026 destinado a un quinto reintegro.
El vocero de Fenaf Perú, Jorge Milla, adelantó que durante la primera y segunda semana de diciembre se aprobaría el padrón definitivo de beneficiarios del Fonavi 2025, así como el mecanismo operativo que precisará el cronograma de pagos. Esto permitirá oficializar la lista de personas habilitadas para cobrar.
Según Milla, la devolución podría iniciar entre la tercera y cuarta semana de diciembre del 2025, fechas tentativas que dependerán de la rapidez con la que se concrete la aprobación de la normativa correspondiente.
Con esto, miles de exaportantes tendrían finalmente acceso al monto acumulado durante sus períodos de aportación. Según el rango de los reintegros y los grupos ya programados, todo apunta a que Grupo 22 se daría de 65 años a más y reintegro 5 a partir de 60 años a más.

PRESUPUESTO 2026 CONTEMPLA LEY DE CONDONACIÓN S/450 MILLONES
“El tema de presupuesto se planteó alrededor de mil millones a través de 3 rubros, uno es la condonación del presidente Alan García que condonó un paquete de deudores por extrema pobreza y que hasta la fecha todavía no se ha desembolsado, más o menos es alrededor de 450 millones, dos es la deuda de las empresas de saneamiento en la cual existe una ley de subrogación donde el ministerio de vivienda, se subroga la deuda y la asume, como esas entidades están en quiebra vienen pagando a 30 años el capital, fuera de los intereses y es imposible poder manejar una devolución, sobre todo con fonavistas en edad avanzada y el tercer rubro se le había pedido de manera directa al MEF alrededor de 350 millones para el próximo año, de los 3 pedidos solo uno se ha puesto en la ley de presupuesto que es la ley de condonación, los 450 millones”, detalló Milla.
ASEGURAR DEVOLUCIÓN PARA UN QUINTO REINTEGRO
“Vamos aprobar los criterios, lo que pasa es que tenemos la administración de recursos, ya no nos podemos disparar como en grupos anteriores, el reintegro 3 ha generado un desembolso de más de 600 millones y no era problema porque caja había, ahora como la caja es reducida y tienes que asegurar la devolución para todos, no te puedes disparar a usar todos los recursos porque de aquí ya viene REINTEGRO 5, vamos a tener que ajustar lo más que se pueda al límite, esperemos que en este grupo 22 lleguemos entre 60 mil u 80 mil beneficiarios”, precisó Milla.
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FONAVISTAS COBRARÁN SUS MONTOS COMPLETOS
“Hasta ahora no ha habido topes, la única lista que tuvo topes fue la lista 20 porque nosotros recién nos habíamos instalado, recién habíamos reiniciado el proceso, bueno el cuidado que no haya errores en la devolución se puso un tope, de allí para adelante no ha habido topes y esperemos que, como hemos expresado a nombre de los fonavistas y la federación en la última sesión, al fonavista se le tiene que dar lo que es, si es 100, cien, si es 50 mil, 50 mil, el que sea, es el aporte del fonavista y no se lo puedes limitar, eso ya está establecido en la ley de referéndum, en las leyes del congreso, en la sentencia del TC, en base a eso la comisión Ad Hoc ha tenido que someterse al marco legal vigente, y aceptar que la devolución es sobre las aportaciones ye el TC también ha establecido que este proceso si bien es cierto va sobre las aportaciones de trabajador todavía está pendiente la devolución sobre el aporte del empleador, sobre el aporte del trabajador el TC estableció 2 parámetros, uno la recaudación, y 2 la aportación, si la aportación supera la recaudación pues así se tiene que dar”.
¿QUIÉNES SERÁN CONSIDERADOS EN GRUPO 22?
Por su parte el presidente de la comisión ad hoc, José Cortez Vigo, sostuvo un orden de prelación para Grupo 22 y considerar a quienes por meses no alcanzaron pago anterior “tenemos que considerar a las personas que son viudas, fonavistas fallecidos, que están en CONADIS, pues la ley determina que son prioridades. Vamos a ver las edades, cómo se mueven las edades, de acuerdo de los grupos del 1 al 19 qué edades han movido, los reintegros no, porque ya se les ha dado, los grupos 20 y 21”.

TODOS LOS GRUPOS Y LISTAS
Grupos de pago de listas 1 a la 19: Cobran en el Banco de la Nación aquellos fonavistas de estas listas que no se acercaron anteriormente a cobrar el monto de su primera devolución que se aprobó en su momento.
Esta es una activación de un pago parcial a los que no pudieron cobrar a pesar de ser parte de grupos anteriores. No es un nuevo grupo de pago; es decir, no hay un nuevo padrón.
- Grupo de pago de lista 20: En diciembre 2023 se aprobó un cronograma con DNI para fonavistas de la lista 20 para que puedan cobrar. Actualmente, estos fonavistas (los rezagados que no cobraron en su fecha) también pueden recibir un desembolso de sus aportes en el Banco de la Nación
- Grupo de Reintegro 1: fonavistas de las listas 1 a la 19 que recibieron un nuevo pago de sus devoluciones, con edades de 80 años en adelante.
- Grupo de Reintegro 2: Es para fonavistas vivos de 75 a 79 años, y para herederos Fonavi de 93 años hasta adelante
- Grupo de pago de lista 21: Se pagó a 98,691 fonavistas que no habían recibido pago anteriormente en diciembre 2024,
- Grupo de pago Reintegro 3: Se pagó en abril de 2025, y fue para mayores de 70 años o fallecidos que hubieran cumplido 90 años al 31 de marzo de 2025.
- Grupo de pago Reintegro 4: El cual se pagó en agosto de 2025 y fue para los de 68 años a más, y otro grupo de ex aportantes fallecidos que hubieran cumplido 89 años o más.
- Grupo de pago lista 22: beneficiarios a partir de 65 años a más y fallecidos de 80 años a más cumplidos hasta la fecha de cierre.
- Grupo de pago Reintegro 5: apunta a primer semestre del 2026 y estaría conformado por beneficiarios de 60 años a más.
TIPOS DE APORTES RECONOCIDOS EN GRUPO 22 Y REINTEGRO 5
A puertas de que se active un nuevo pago Fonavi (Grupo 22), la identificación y verificación de aportes obligatorios entre julio de 1979 y agosto de 1998, será determinantes en los lineamientos tanto del nuevo grupo y del próximo quinto reintegro. En ese sentido, deberán llegar a la nueva fecha con todos los documentos necesarios para ser beneficiarios y conformar el último pago 2025 y el primer reintegro 2026.
El 14 de diciembre de 2023 mediante el Decreto Supremo N° 280-2023-EF, se modificó el DS N° 006-2012-EF, reglamento de la Ley N° 29625, a raíz de la dación de las leyes N° 31173, 31454, 31604 y 31928, y las Sentencias del Tribunal Constitucional. Dichas normas permitieron reiniciar el proceso de devolución de aportes al FONAVI, viabilizando y simplificando el procedimiento de pago, a fin de DEVOLVER LOS APORTES ACTUALIZADOS DE TODOS LOS FONAVISTAS, SEA EN FUNCIÓN A SUS APORTES EFECTIVOS O SI NO CUENTAN CON ESTA INFORMACIÓN, A TRAVÉS DE UNA FÓRMULA DE CÁLCULO, CON LO QUE MÁS LE BENEFICIE.
INFORMACIÓN DE LAS APORTACIONES
Los documentos oficiales donde se encuentran registradas las aportaciones son los libros de planillas y /o las boletas de pago de sueldos y salarios y/o las constancias emitidas por el empleador donde detalla las remuneraciones y aportaciones (mensualizada), también contienen información de las aportaciones (anualizada) los certificados de retención de rentas de 5ta categoría.
En otras palabras, el proceso de devolución dio su primer paso, también se debe tener en cuenta que cientos de miles de fonavistas no cuentan en su poder con la información de sus aportaciones, es decir no tienen las boletas de pago ni otro documento que permita la identificación, para tal efecto deberán traer los siguientes documentos según sea el caso (trabajadores públicos o privados).
- Certificados de trabajo,
- Cuadro resumen de aportaciones (ONP),
- Constancia de pago de remuneraciones y descuentos de Ley,
- Resolución de cese (públicos),
- Estado de cuenta, del año 1993 a 1998 (afiliados a la AFP)
- Boletas de pago de remuneraciones
- Certificados de retención de renta de 5ta categoría
- Y cualquier otro documento que permita ubicar los libros de planillas e identificar las aportaciones.
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