Así obtienes una licencia para portar arma de fuego

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licencia para portar arma de fuego
licencia para portar arma de fuego

¿TE SIENTES INSEGURO? ¿BUSCAS PROTEGER A TU FAMILIA? CONOCE LO QUE DEBES HACER

Debido a la extrema inseguridad que se vive en el país y sobre todo en la capital, muchas personas están optando por la autodefensa, portar un arma para proteger a su familia o su propiedad, el cual no es un trámite simple, hay que cumplir con estrictos requisitos, así como la observación de obligaciones y prohibiciones. Para solicitar tu licencia de uso de arma de fuego, en la modalidad de defensa personal, debes acudir a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC). Este permiso tiene una vigencia de 3 años prorrogables. Hoy El Men te dice cómo hacer para conseguir tu licencia.

Sucamec

Requisitos

Formato de Solicitud debidamente llenado, indicando el número de constancia de pago y número de DNI o carnet de extranjería vigente.

Copia del certificado de salud psicosomático para la obtención de licencias de armas de fuego, emitido por una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS), registrada en la Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) y en la Sucamec.

Anexo N°1 – Declaración jurada de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la Ley y expresando los motivos de su solicitud, de acuerdo al formato aprobado por la Sucamec.

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HAZLO EN 5 PASOS:

1 – Realiza el pago por derecho de trámite

Ve al Banco de la Nación o ingresa al servicio Págalo.pe y haz el pago de S/ 41.00 con el código 2097, indicando el número del DNI o carnet de extranjería del solicitante.

 

2 – Obtén tu certificado de salud

Dirígete a uno de los centros de salud registrados en Sucamec y en la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) para rendir tu examen de salud y obtener tu certificado de salud psicosomático.

3- Inscríbete en la plataforma SEL y separa tu cita

Obtén tu cuenta de usuario en la Plataforma Sucamec en Línea (SEL) y registra tu solicitud en la Ventanilla Virtual, adjuntando los requisitos escaneados y debidamente firmados.

Programa una cita para la evaluación teórico, práctico y de tiro, la cual deberás aprobar. Ten en cuenta que debes programar la cita 24 horas después del pago por derecho de trámite y colocar el número correcto de la operación bancaria (empoce).

4- Asiste a tu cita

En el día y hora programados para la cita, asiste 15 minutos antes a la sede de Sucamec elegida. Debes llevar tu DNI o carnet de extranjería vigente y legible.

Una vez realizada la evaluación teórico-práctica, tu expediente se generará de forma automática, al cual puedes dar seguimiento en la plataforma SEL

 

5 – Espera el resultado de tu prueba

Durante el plazo establecido para obtener tu licencia (21 días hábiles), recibirás una notificación del Buzón Electrónico de la Plataforma SEL con el resultado final de tu trámite.

Puedes revisar la evolución de tu trámite en la sección Consulta tu expediente de nuestra web o en el aplicativo Sucamec Móvil. Si tu solicitud cuenta con observaciones, debes subsanarlas mediante nuestra mesa de partes virtual: mesadepartes@sucamec.gob.pe.

 

¿QUÉ NO DEBES HACER CON TU ARMA?

Portar o usar armas de fuego en situaciones que generen la alteración del orden público.

Portar armas de fuego bajo efectos del consumo de alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

Portar armas de fuego en manifestaciones públicas, espectáculos con afluencia de público y centros de esparcimiento.

Alterar la cadencia (cantidad de disparos que el arma puede realizar en una unidad de tiempo), el calibre (diámetro interno del cañón) o la potencia (fuerza de propulsión de las balas) del arma de fuego.

Poseer o usar armas sin la licencia o sin la tarjeta de propiedad respectivas, o con licencia vencida.

Usar un arma distinta a la autorizada por la tarjeta de propiedad y licencia.

 

¿CUÁNTAS ARMAS PUEDO TENER?

El número máximo de armas de fuego permitido para la modalidad de defensa personal es de dos (02) armas por persona.

Excepcionalmente la Sucamec puede autorizar el uso de hasta tres (03) armas siempre que la circunstancia lo amerita. (Artículo 19º de la Ley Nº 30299, Ley de armas de fuego)