¿Conoces el plazo máximo para retirar el 100% de la CTS?

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¿Conoces el plazo máximo para retirar el 100% de la CTS?
¿Conoces el plazo máximo para retirar el 100% de la CTS?

En el siguiente artículo, obtendrás información completa acerca de la CTS

En el siguiente artículo, encontrarás información detallada sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), así como información actualizada sobre la normativa vigente en relación al retiro de la CTS que excede a cuatro sueldos, y la infracción grave que conlleva no depositar la CTS dentro del plazo establecido.

Hasta la fecha, los trabajadores tienen la posibilidad de retirar el 100% de sus depósitos de CTS. Sin embargo, ¿hasta cuándo podrán hacerlo?.

A través de la Ley 31480, se ha autorizado a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, a disponer libremente del 100% de los depósitos de CTS realizados en instituciones financieras que estén acumulados hasta la fecha de disposición.

7 claves de la CTS

En ese contexto, el director del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez, destacó siete aspectos cruciales en relación al depósito y retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios:

1. Cálculo basado en el tipo de empresa

El cálculo del monto a depositar en la CTS varía según el tipo de empresa y el período de trabajo durante el semestre.

– Para medianas y grandes empresas: Si el trabajador ha laborado el período completo del semestre (noviembre 2022-abril 2023), la CTS a depositar será el 50 % de su sueldo de abril de 2023 más un sexto de la gratificación recibida en diciembre de 2022. Sin embargo, si el trabajador no ha trabajado el semestre completo, recibirá un sexto del sueldo más un sexto de la gratificación por cada mes laborado.

– Para pequeñas empresas: Aquellas con ingresos anuales que no superen 1,700 UIT. Hay tres escenarios posibles: si la pequeña empresa no está registrada en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus empleados, tanto antiguos como nuevos, tendrán derecho a la CTS según las reglas generales aplicadas a medianas y grandes empresas. Si la pequeña empresa está registrada en el Remype, los empleados contratados antes del registro tienen derecho a la CTS según las reglas generales, mientras que los empleados contratados después del registro de la empresa en el Remype recibirán el 50 % de la CTS que se obtiene en el régimen general.

– Para microempresas: Aquí también se presentan tres casos: si la microempresa no está registrada en el Remype, todos sus empleados tienen derecho a la CTS siguiendo las reglas generales. Si la microempresa se ha registrado en el Remype, los empleados contratados antes del registro tienen derecho a la CTS bajo las reglas generales.

Sin embargo, aquellos empleados contratados después del registro de la microempresa en el Remype no tienen derecho a la CTS.

2. Empleados con menos de un mes de servicio

Aquellos trabajadores que, al 30 de abril de 2023, tengan menos de un mes de servicio no tienen derecho al depósito de la CTS que vence el 15 de mayo de este año. No obstante, los días trabajados se sumarán al período de mayo 2023 a octubre 2023, y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre del presente año.

3. Disponibilidad total del 100 % de la CTS

La Ley 31480 ha autorizado a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, a disponer libremente del 100 % de los depósitos de CTS efectuados en las instituciones financieras que tengan acumulados hasta la fecha de disposición.

4. Retiro de la CTS que supera cuatro salarios

Es importante recordar que la Ley 30334 sigue en vigencia, lo que permite a los trabajadores retirar el exceso de cuatro salarios de su CTS.

En caso de que un trabajador decida retirar su CTS, debe notificarlo por escrito a su empleador, indicando la entidad financiera en la que se encuentra depositada la CTS (ya sea un banco, entidad financiera, caja, u otros).

En dicho documento, se debe especificar el monto de libre disposición, y para calcular el monto intangible, se toma el último salario del trabajador a la fecha en que solicita el retiro y se multiplica por cuatro.

5. Exclusiones de la CTS

Según lo establecido por la ley, no tienen derecho a este beneficio los siguientes grupos de trabajadores:

– Aquellos que trabajan menos de cuatro horas al día.
– Los que reciben el 30 % o más de las tarifas pagadas por el público.
– Trabajadores de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
– Los empleados que reciben una remuneración anual integral.
– Trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por recibir su Compensación por Tiempo de Servicios junto con su remuneración (según la Ley 30110 y el DS 005-2021-Midagri).

6. Situaciones de embargo y retención

Los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios pueden estar sujetos a embargos cuando un trabajador tiene deudas relacionadas con el pago de alimentos, en este caso, hasta un máximo del 50 % puede ser retenido. Es importante tener en cuenta que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco seleccionado por el trabajador, incluso si existe un embargo judicial debido a deudas por alimentos.

En esta situación, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada de acuerdo a la ley y que cualquier solicitud de embargo debe dirigirse al banco donde se encuentra depositada la CTS. Esto es válido a menos que se trate de la CTS consignada en la liquidación de un trabajador que ha cesado en su empleo y cuyo plazo de depósito aún no haya vencido.

7. Sanciones por incumplimiento en el depósito de la CTS

No realizar el depósito de la CTS en el plazo establecido se considera una infracción grave. En este sentido, la CCL informa que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) tiene la autoridad para imponer multas diferenciadas a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas (No Mype), que van desde 544 soles hasta 129,294 soles.

Asimismo, por no entregar la hoja de liquidación que contiene el cálculo de la CTS dentro de los cinco días posteriores al depósito (considerada como una infracción leve), la multa varía entre 222 y 76,824 soles.

Es importante destacar que al determinar el monto de la multa, se toma en cuenta el sector al que pertenece la empresa, así como el número de trabajadores afectados, utilizando como base la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) vigente en 2023, que es de 4,950 soles.

Por último, es relevante mencionar que existe un proyecto de ley en el Congreso de la República que propone extender la posibilidad de disposición libre de la Compensación por Tiempo de Servicios hasta el año 2025. Estamos a la espera de ver cómo se desarrolla esta propuesta en el ámbito legislativo.

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