PODRÁN RETIRARLO EN CUATRO PARTES DE MANERA FACULTATIVA
Al igual que viene sucediendo con el Sistema Privado de Pensiones, los aportantes al Sistema Público de Pensiones también podrían estar en condiciones de retirar hasta 4 UIT o 21, 400 soles de los fondos que administra la Oficina de Normalización Previsional (ONP), según proyecto de ley presentado en la fecha.
En efecto, la congresista Katy Ugarte, del Bloque Magisterial, presentó en julio del año 2024 la iniciativa legislativa PL, N° 8371/2023-CR, por el cual se propone el retiro facultativo de hasta 4 UIT de los fondos de la ONP para reactivar la economía.
“Los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones retirarán mensualmente y de manera facultativa hasta una (1) Unidad Impositiva Tributaria durante cuatro (4) meses consecutivos contados desde la solicitud inicial”, señala la propuesta.
PROYECTO DE LEY QUE PERMITE EL RETIRO FACULTATIVO DE HASTA 4 UIT DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP) PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA
Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto que los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones puedan retirar y utilizar sus aportes.
Artículo 2.- Finalidad de la Ley La finalidad de la presente Ley es promover la reactivación económica de los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones.
Artículo 3.- Propuesta legal Los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones retiran mensualmente y de manera facultativa hasta una (1) Unidad Impositiva Tributaria durante cuatro (4) meses consecutivos contados desde la solicitud inicial.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- FUNDAMENTOS DE LA PROPUESTA
Es esencial tener en cuenta que el Tribunal Constitucional (STC 0050-2004-Al / 0051-2004-Al / 0004-2005-Al / 0007-2005-Al / 0009-2005-Al) ha destacado de manera precisa que EL DERECHO A LA PENSIÓN SE CARACTERIZA POR SER UN DERECHO DE ÍNDOLE SOCIAL Y DE CONTENIDO ECONÓMICO. ESTO IMPONE A LAS AUTORIDADES PÚBLICAS LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR LAS PRESTACIONES ADECUADAS A LAS PERSONAS CON EL PROPÓSITO DE CUBRIR SUS NECESIDADES VITALES Y CUMPLIR CON LOS ESTÁNDARES DE LA «PROCURA EXISTENCIAL».
En este contexto, según el mencionado Órgano de Control Constitucional, el Derecho a la Pensión se configura como una manifestación del derecho a la vida, permitiendo así el desarrollo de la dignidad de los pensionistas, una perspectiva que la Defensoría del Pueblo comparte plenamente.’ Así tenemos que, el dinero de los aportes de la ONP tiene como propietarios a los aportantes.
- ANTECEDENTES
El Sistema Previsional es la estructura encargada de proporcionar recursos a través de jubilaciones o pensiones a las personas con el fin de cubrir sus necesidades fundamentales. ESTAS PENSIONES DEBEN SER CONCEDIDAS A LOS PENSIONISTAS EN EL MOMENTO EN QUE TIENEN DERECHO A RECIBIRLAS.
El sistema de pensiones en el Perú se compone de tres regímenes principales: el establecido por el Decreto Ley No. 19990, conocido como Sistema Nacional de Pensiones (SNP); el regido por el Decreto Ley No. 20530, conocido como Cédula Viva; y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Los dos primeros son gestionados por el Estado y forman parte del Sistema Público de Pensiones, mientras que el último es administrado por entidades privadas llamadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
El Sistema Peruano de Pensiones brinda la oportunidad tanto a trabajadores dependientes como independientes de realizar contribuciones a un fondo con el propósito de asegurar una pensión al momento de la jubilación. Este servicio presenta dos opciones principales de protección social: el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de carácter público, gestionado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP); y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), de naturaleza privada y administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
PROMOVER REACTIVACIÓN ECONÓMICA DE LOS APORTANTES AL SNP
La parlamentaria precisa que la finalidad de esta iniciativa es promover la reactivación económica de los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones ante la situación de crisis económica que vive el país. Argumenta que la pobreza monetaria aumentó en el país en 1.5 % desde el 2023, lo mismo que la pobreza urbana y rural y la pobreza extrema, y que los productos de primera necesidad han tenido una variación en sus precios.
“Este proyecto de ley es una medida necesaria y oportuna que responde a las condiciones actuales de vulnerabilidad económica que enfrenta una significativa proporción de la población peruana. El reciente informe del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), titulado: «Perú: Evolución de la Pobreza Monetaria 2014-2023», revela un panorama alarmante que justifica esta intervención legislativa”, afirmó la congresista.
Precisa que el retiro de los aportes al Sistema Nacional de Pensiones ofrecería un alivio financiero directo y tangible a quienes más lo necesitan y les proporcionará “un amortiguador crucial contra la inseguridad financiera y las emergencias económicas”. La propuesta está, el Congreso debe decidir.
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