2023: aumento de sueldo para trabajadores públicos

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AUMENTO DE SUELDO PARA EL SECTOR PÚBLICO ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL 01 DE ENERO DEL 2023
AUMENTO DE SUELDO PARA EL SECTOR PÚBLICO ENTRARÁ EN VIGENCIA DESDE EL 01 DE ENERO DEL 2023

Desde el 01 de enero del 2023 los servidores, directivos y funcionarios públicos obtendrán un aumento de sueldo

Desde este 01 de enero del 2023 por disposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) entra en vigencia el aumento de sueldo para los servidores, directivos y funcionarios públicos de los regímenes de los decretos legislativos 728 y 1057, así como de las leyes 30057, 29709 y 28091.

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A través del diario El Peruano, la institución publicó el Decreto Supremo 311-2022 oficializando así el aumento de sueldo para los empleados del Estado Peruano.

En el dictamen se señala que la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 autoriza al MEF para que apruebe el incremento mensual de los servidores de los regímenes de los decretos legislativos y leyes mencionadas.

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De esta manera, se fija el aumento mensual aprobado para los siguientes servidores, directivos y funcionarios de los regímenes citados:

Decreto Legislativo N.º 728: 51.11 soles

Decreto Legislativo N.º 1057 (CAS): 64.19 soles

Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil: 52.21 soles

Ley N. 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria: 55.67 soles

Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República: 55.67 soles

La norma también remarca que en caso el ingreso mensual total, que incluya el incremento aprobado en el cuadro precedente, supere el monto de 15.600 soles, el incremento mensual se ajustara a dicho límite.

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Condiciones

Se determina que, para el otorgamiento del incremento mensual, se observan las siguientes condiciones:

a) En las entidades del Gobierno Nacional y en los gobiernos regionales, los servidores beneficiarios deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas.

b) El ingreso mensual total del servidor no debe superar el monto de 15,600 soles, de conformidad con el artículo 2 del decreto de urgencia 038-2006.

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