Aprende cómo presentar tu queja ante papeletas y poder anularla

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Fotopapeletas
Fotopapeletas

Existe la vía administrativa (SAT) y la contencioso-administrativa (PJ)

La Policía Nacional anunció la instalación de cámaras de seguridad en puntos estratégicos de Lima y Callao. Aquellos que infrinjan la ley deberán pagar una multa de 432 soles. Evidentemente, tras este anuncio los conductores se preguntan cómo se puede presentar una queja en caso estén en contra de la sanción.

Existen dos vías: la administrativa ante el SAT y la contencioso-administrativa ante el Poder Judicial. Para la primera hay dos instancias. Empieza con la presentación de descargos dentro de los siete días hábiles después de notificada la fotopapeleta. Pasado eso, con descargo o no, el SAT emite la Resolución de sanción o anula la fotopapeleta. Si no la anula, hay que apelar esa sentencia, esta vez, y obligatoriamente, con la firma de un abogado.

Si la apelación es declarada procedente, se habrá ganado; si no, lo habrá hecho el SAT, y el caso pasará al juzgado de cobranza coactiva. Entonces llega la vía contencioso-administrativa, donde se puede solicitar la anulación de la Resolución de sanción ante el Juez de Primera Instancia con una demanda autorizada por un abogado más el pago de S/.77. Una vez aceptado a trámite este documento hay que pedir la suspensión de la cobranza coactiva, llenando y presentando un formato del SAT y pagando S/.15.