¿Se paga Compensación por Tiempo de Servicios en caso de renuncias o despidos?

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Compensación por Tiempo de Servicios
Compensación por Tiempo de Servicios

El viernes 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores de las micro, pequeña, mediana y gran empresa, según su caso, cumplan con depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), correspondiente al periodo semestral mayo-octubre 2019.

Al respecto, Víctor Zavala Lozano, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima ( CCL), indicó que el monto de la CTS a depositar varía, tal como se explica a continuación:

Si el trabajador ha laborado el período semestral completo –mayo-octubre 2019– su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre 2019 más un sexto de la gratificación recibida en julio 2019. Por ejemplo, si el sueldo de octubre es 3,000 soles y el sexto de la gratificación de julio fue 500 soles, en total 3,500 soles; el 50% a depositar será 1,750 soles.

Si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá un sexto del sueldo y de la gratificación. Por ejemplo, si laboró dos meses, el monto a depositar será 2/6 de 3,500 soles, esto es 1,166 soles.

Es aquella cuyos ingresos anuales no son superiores a 1,700 UIT, es decir 7’140,000 soles. En este tipo de empresas se presentan tres casos:

  • Si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a la CTS conforme a la regla general.
  • Si la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS según la regla general.
  • Si el trabajador ha sido contratado luego que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50%, calculado según la regla general.