Empresas no están obligadas a comunicarte sobre el reparto
A partir de la quincena de marzo las empresas realizarán el pago de utilidades a sus trabajadores, teniendo como plazo máximo el 10 de mayo.
Si usted ya no es parte de la empresa pero trabajó un mes o más durante el ejercicio 2017, tendrá derecho a cobrar este beneficio, siempre y cuando la empresa a la que prestó servicio (rentas de tercera categoría) haya generado ganancias en ese periodo.
Los extrabajadores deberán estar pendientes del reparto de utilidades, debido a que si este no se cobra puede prescribir dado que las empresas no están obligadas de comunicárselos.
El extrabajador debe estar en contacto con sus excompañeros o consultar a la empresa si habrá utilidades por el ejercicio en el que trabajó.